Presenta:

Monotributistas: la medida que prepara ARCA para los que no hicieron la recategorización

Los monotributistas deberán seguir con atención cada información que brinde ARCA para no ser sancionados.

ARCA y las sanciones para los monotributistas.

ARCA y las sanciones para los monotributistas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, más conocida como ARCA, confirmó que el plazo para cumplir con la recategorización finalizó el pasado 5 de agosto. Al respecto, advirtió que quienes no completaron el trámite podrían enfrentar consecuencias oficiales como posibles sanciones.

Si bien el plazo venció hace semanas, ARCA reconoció que hay cientos de monotributistas que no lograron recategorizarse correctamente y también hay varios grupos que ni siquiera iniciaron el trámite; por lo que se realizará una actualización automática.

Las sanciones de ARCA por no recategorizar el monotributo

Quienes no realizaron la recategorización dentro del plazo establecido serán recategorizados automáticamente por la entidad estatal, mediante un procedimiento conocido como recategorización de oficio.

Este sistema analiza variables como compras, gastos vinculados a la actividad, movimientos bancarios y adquisiciones personales para determinar una categoría más adecuada.

Cómo registrarse en el monotributo en la web de ARCA, ex AFIP Foto: Archivo MDZ
ARCA y el monotributo.

ARCA y el monotributo.

Además, se incorporará un recargo del 20% para quienes brindan servicios, y del 30% para quienes comercializan productos, como parte del ajuste de oficio. Esta nueva categoría se notificará al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

Cómo apelar ante ARCA si recibí una sanción

Entre las sanciones están las multas que ascienden al 50 % del impuesto integrado del régimen y de la cuota previsional. Además, se exigirán los pagos por diferencias en montos adeudados, junto con los intereses correspondientes.

Quienes realicen la recategorización voluntariamente antes de recibir la notificación quedarán exentos de la multa. Aquellos que acaten la categoría impuesta dentro de los 15 días posteriores al aviso oficial pueden beneficiarse con la reducción del castigo al 50 %.

También está la opción de presentar una apelación o recurso formal mediante el sistema de “Presentaciones Digitales” con clave fiscal.

Así quedaron las escalas del monotributo desde agosto 2025

Actualmente, las categorías del monotributo abarcan desde la A hasta la K:

  • A: facturación máxima de $8.992.598; cuota mensual aproximada de $37.086.

  • B: hasta $13.175.202; cuota de $42.216.

  • C: límite de $18.473.166; cuota de $49.435 (servicios) o $48.320 (ventas).

  • D: tope de $22.934.610; cuota de $63.358 (servicios) o $61.824 (ventas).

  • E: hasta $26.977.794; cuota de $89.714 (servicios) o $81.070 (ventas).

  • F: tope de $33.809.380; cuota de $112.907 (servicios) o $97.291 (ventas).

  • G: límite de $40.431.835; cuota de $172.457 (servicios) o $118.920 (ventas).

  • H: hasta $61.344.854; cuota de $391.401 (servicios) o $238.039 (ventas).

  • I: tope de $68.664.410; cuota de $721.650 (servicios) o $355.673 (ventas).

  • J: límite de $78.632.949; cuota de $874.069 (servicios) o $434.895 (ventas).

  • K: hasta $94.805.683.