La última chance de Manaos para no pagar los $800 millones del histórico fallo laboral
Más allá de que el máximo tribunal de Justicia de Mendoza condenó a la empresa al pago de la indemnización, todavía queda una última instancia para revertirlo.
Manaos fue condenada a pagar más de $800 millones a un ex distribuidor mendocino de sus productos.
La última semana, en medio de la gran discusión que vive el país por la reforma laboral, la provincia de Mendoza fue testigo de un fallo sin precedentes. Refres Now S.A., la empresa detrás de la reconocida marca de gaseosas Manaos, fue condenada a pagar más de $800 millones a un ex distribuidor de sus bebidas, a quien algunos años atrás habían despedido sin causa.
Así lo dispuso en una primera instancia de apelación el Tribunal de la Excelentísima Suprema Corte de Justicia de la provincia, la máxima autoridad judicial de Mendoza, compuesto por Omar Palermo, Norma Llatse y Mario Adaro, luego de ratificar la decisión que había tomado la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael.
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Si bien los letrados provinciales coincidieron con los sanrafaelinos en que hubo irregularidades en la registración del vínculo laboral y un despido sin causa, redujeron el monto de $1.500 millones que habían dispuesto anteriormente a $807.676.293,72, más los intereses que se devenguen hasta el efectivo pago, resultantes de $223.419.076,66 de indemnización y $584.257.217,06 por intereses al 11 de abril de 2025.
El último “Manaostazo” para no pagar
Si bien el fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza agotó las instancias provinciales para revertir por parte de Refres Now S.A. el millonario pago indemnizatorio, la empresa, que además de Manaos produce aguas minerales, bebidas saborizadas, otras gaseosas y un trago a base de fernet, todavía cuenta con una última oportunidad en el plano nacional.
La empresa puede presentar un recurso extraordinario federal, de admisión excepcional, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, regulado por el artículo 14 de la Ley 48. Sin embargo, cabe aclarar que esta no es una tercera instancia de apelación ni permite revisar nuevamente los hechos del caso, las pruebas o el monto de la condena en sí.
Este recurso solo es admisible si la empresa puede demostrar que el fallo viola una norma constitucional, que hay arbitrariedad manifiesta en la sentencia, o que se ha interpretado o aplicado erróneamente una norma federal. Con este escenario, el margen de oportunidad para Refres Now S.A. es muy bajo.
Es que, de acuerdo a lo expresado en el fallo por el máximo tribunal provincial, los magistrados analizaron el agravio central de la empresa, redujeron la condena original aplicando el artículo 771 del Código Civil y Comercial y fundaron extensamente su decisión, lo que reduce la alegación de una posible arbitrariedad.
De todas maneras, en caso de que los representantes legales de la compañía encuentren una veta legal para el recurso, esto no suspende automáticamente el pago de la sentencia, a menos que la empresa solicite y obtenga una medida cautelar de suspensión, algo que la Corte nacional concede de manera muy excepcional.
La historia detrás del fallo laboral
La génesis del conflicto se remonta a 2013, cuando el denunciante comenzó a trabajar como transportista de los productos del grupo Refres Now S. A. El hombre cumplió con la tarea de distribución en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa hasta 2022, cuando fue despedido sin motivo aparente, según su argumentación. Así fue que inició acciones legales que llegaron a la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael.
En abril del 2025, el tribunal sanrafaelino integrado por Gonzalo Rivero, Mariana Carayol y Javier Castrillejo, determinó que Refres Now S.A. debía pagar al demandante una suma total de $1.463.438.595, compuesta por $227.727.259,45 de indemnización y $1.235.711.335,55 en concepto de intereses y costas.
El tribunal encontró irregularidades en la registración del vínculo laboral y, además, comprobó un despido sin causa por parte de la firma. De acuerdo a la versión del denunciante, validada por los letrados, durante los primeros meses de relación laboral, el trabajo no fue debidamente registrado y, además, se lo obligó a firmar acuerdos poco claros, gestionados por abogados que habrían sido contratados de forma irregular por la empresa. A eso se le sumaron descuentos ilegales en sus haberes y maniobras de evasión previsional.
Las autoridades judiciales de San Rafael comprobaron que existía una relación de dependencia laboral encubierta, aplicando el principio de “primacía de la realidad”. Si bien la empresa ofreció una suma “conciliatoria” como compensación, el tribunal la consideró insuficiente.
Luego de esa situación, Refres Now S.A. interpuso un recurso de apelación ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Tras una audiencia de conciliación que no prosperó entre las partes, el máximo tribunal de la provincia sentó jurisprudencia con el fallo sobre el cálculo de indemnizaciones y contrataciones laborales.
Sin embargo, a diferencia de la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael, Omar Palermo, Norma Llatse y Mario Adaro aceptaron parcialmente el planteo del demandante. Con fundamento en el artículo 771 del Código Civil y Comercial, los jueces entendieron que la capitalización de intereses generaba un exceso injustificado respecto del “costo medio del dinero”, teniendo en cuenta las particularidades del caso y el perfil económico del trabajador, que no fue considerado un sujeto laboral vulnerable.
Por tal motivo, dispusieron morigerar la tasa aplicada y recalcular los intereses conforme a la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación. Y así se calculó que la empresa tiene que pagar $223.419.076,66 de indemnización y $584.257.217,06 por intereses al 11 de abril de 2025, lo que da un total de $807.676.293,72, más los intereses que se devenguen hasta el efectivo pago.

