Histórico fallo en Mendoza: Manaos deberá pagar $800 millones por un conflicto laboral
Aunque el reclamo inicial alcanzaba los $1.500 millones, la Justicia mendocina determinó que la empresa tiene que compensar a un ex colaborador.
Manaos deberá pagar una indemnización millonaria por decisión de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
En pleno debate de la reforma laboral en el país, la Justicia mendocina dio a conocer un histórico fallo en la materia. Manaos fue condenada a pagar más de $800 millones en concepto de indemnización a un ex distribuidor de San Rafael, quien alegó que fue despedido sin causa.
En los últimos días, el Tribunal de la Excelentísima Suprema Corte de Justicia de la provincia se expidió sobre el caso que involucraba al grupo Refres Now S. A., propietario de Manaos, a un trabajador que durante 2013 y 2022 se desempeñó como transportista de los productos en la zona de Mendoza, San Juan y La Pampa.
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Si bien el tribunal integrado por Omar Palermo, Norma Llatse y Mario Adaro confirmó el fallo indemnizatorio que ya había tenido el visto bueno de una cámara laboral, los magistrados redujeron los costes de los intereses casi a la mitad, pasando de unos $1.500 millones iniciales a poco más de $800 millones que la empresa deberá pagar en concepto de indemnización.
Un detalle no menor es que los miembros del tribunal mendocino cuentan con una vasta experiencia en el fuero laboral: Llatser se desempeñó como camarista laboral y gran parte de su carrera lo dedicó a este tipo de conflictos y Adaro fue subsecretario de Trabajo y Seguridad Social de la provincia entre 2007 y 2008 en la gestión de Celso Jaque.
Los detalles de la millonaria indemnización
De acuerdo a lo detallado en el expediente judicial, el reclamo se realizó por un total de $223 millones por indemnización. En el fallo de la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael se había determinado que a esa suma le correspondían además $1.235 millones por intereses, lo que dejaba un total de casi $1.500 millones.
Sin embargo, los miembros de la Suprema Corte calcularon los intereses a pagar al 11 de abril de 2025 en $584 millones, lo que dejó un total de $807 millones a pagar, más los intereses que se devenguen hasta el efectivo pago, con costas a cargo de la demandada. De esa manera, confirmaron la responsabilidad de la firma por el despido indirecto que sufrió el trabajador.
Los antecedentes del caso Manaos
En abril del 2025, se conoció que la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael, integrada por Gonzalo Rivero, Mariana Carayol y Javier Castrillejo, determinó que Refres Now S.A., la firma detrás de las bebidas Manaos, debía pagar al demandante una suma total de $1.463.438.595, compuesta por $227.727.259,45 de indemnización y $1.235.711.335,55 en concepto de intereses y costas.
Todo comenzó cuando un transportista que se había desempeñado como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, inició acciones legales luego de ser desvinculado. De acuerdo a su alegato y como lo comprobaron los jueces sanrafaelinos, desde 2013 y hasta 2022 existió una relación laboral que fue negada por la compañía productora de bebidas.
El tribunal encontró irregularidades en la registración del vínculo laboral y, además, comprobó un despido sin causa por parte de la firma que, además de las gaseosas Manaos produce aguas minerales, bebidas saborizadas, otras gaseosas y un trago a base de fernet. Más allá de que la cifra inicial era de más de $227 millones, el monto se incrementó considerablemente por la actualización de los valores correspondientes al periodo en el que existió el vínculo laboral.
De acuerdo a la versión del denunciante, durante los primeros meses de relación laboral, el trabajo no fue debidamente registrado y, además, se lo obligó a firmar acuerdos poco claros, gestionados por abogados que habrían sido contratados de forma irregular por la empresa. A eso se le sumó descuentos ilegales en sus haberes y maniobras de evasión previsional.
Las autoridades judiciales de San Rafael encontraron que existía una relación de dependencia laboral encubierta, aplicando el principio de “primacía de la realidad”. El despido se dio además antes de la sanción de la Ley de Bases que fue aprobada recién este 2025 y, si bien la empresa ofreció una suma “conciliatoria” como compensación, el tribunal la consideró insuficiente.
Ante eso, Si bien Refres Now S.A. interpuso un recurso de apelación ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Luego de una audiencia de conciliación que no prosperó entre las partes, el máximo tribunal de la provincia sentó jurisprudencia con el fallo sobre el cálculo de indemnizaciones y contrataciones laborales.
La Suprema Corte aceptó parcialmente ese planteo. Con fundamento en el artículo 771 del Código Civil y Comercial, los jueces entendieron que la capitalización de intereses generaba un exceso injustificado respecto del “costo medio del dinero”, teniendo en cuenta las particularidades del caso y el perfil económico del trabajador, que no fue considerado un sujeto laboral vulnerable. En consecuencia, se dispuso morigerar la tasa aplicada y recalcular los intereses conforme a la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación.
No obstante, el Tribunal confirmó la procedencia de las principales indemnizaciones -incluida la del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo- y ratificó el rechazo del rubro previsto en el artículo 80 de la LCT.

