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El ultimátum que lanzó Senasa a los productores agropecuarios

Días atrás, Senasa emitió una resolución en donde exige a los productores actualizar sus datos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios.


En los últimos días, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) emitió una resolución en donde exige a los productores que no hayan actualizado sus datos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) por un año a hacerlo en un plazo de noventa días corridos para no ser bloqueados.

La Resolución 679/2026, emitida por el organismo y publicada esta semana en el Boletín Oficial, establece la obligatoriedad de actualizar los datos en el Renspa de todos aquellos productores agropecuarios que no lo hayan realizado en un plazo igual o superior a un año.

Según indica, la actualización puede realizarse de manera digital en el propio sistema Renspa con clave fiscal, el cual se encuentra disponible en la web de ARCA; o bien de manera presencial en la oficina de Senasa correspondiente al establecimiento rural.

Quienes no realicen la actualización correspondiente en el plazo determinado serán bloqueados del sistema y, vencido nuevamente el plazo de 90 días, dados de baja del registro. La baja implica la imposibilidad de realizar actividades que requieran, directa o indirectamente, la intervención, autorización o certificación de Senasa.

La medida de Senasa alcanza a prácticamente todos los establecimientos rurales del país.

Que es el Renspa y por qué abarca a prácticamente todos los productores del país

El Registro Nacional de Productores Agropecuarios (Renspa) es una herramienta de inscripción obligatoria y gratuita para todos los productores agropecuarios del país. El mismo exige desde 2014 la actualización anual o cada vez que se modifique la actividad o cultivo que se realiza.

En el mismo no influye la cantidad de animales ni tampoco la variedad de frutas u hortalizas plantadas. También incluye a los productores de material de propagación, plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales, oleaginosas, cereales y cualquier otra producción, por lo que abarca a prácticamente cualquier establecimiento agropecuario del país.

La nueva resolución firmada por la presidenta de Senasa, Beatriz Giraudo, obliga a todos aquellos productores que no hayan realizado la revisión a presentarla en un plazo no mayor a 90 días para evitar así el bloqueo dentro del sistema.