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El Gobierno reglamentó la creación de fondos de cese laboral para reemplazar a las indemnizaciones

Los gremios podrán negociar con las empresas la implementación del nuevo sistema similar al que tiene la UOCRA. Los fondos podrán ser invertidos en el mercado de capitales.
Despidos Foto: Freepik
Despidos Foto: Freepik

El Gobierno, a través de la resolución 1066/2025 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), reglamentó la creación de los llamados "fondos de cese laboral" para reemplazar a las tradicionales indemnizaciones por despido.

El mecanismo está contemplado en el artículo 96 del capítulo III de la Ley Bases aprobada en julio de 2024 y permite a los gremios negociar el reemplazo del modelo de indemnizaciones establecido en la Ley de Contrato de Trabajo que obliga al pago de un salario mensual por año trabajado a trabajadores despedidos sin causa por un sistema de aportes a una caja que se fondeará con aportes de los empresarios.

Aunque la resolución tiene un carácter no vinculante porque la adhesión será voluntaria, los trabajadores estarán a merced de los que el gremio de cada actividad negocie con las cámaras empresarias.

Los trabajadores de la construcción tienen desde hace años el mismo sistema de indemnizacion por despido. ALF PONCE MERCADO / MDZ

Este mecanismo se basa en lo que ya sucede en la actividad de la construcción, la que por las características de la actividad había logrado una excepción a la ley en 1980, en pleno gobierno militar. En ese gremio (UOCRA), las empresas aportan durante el primer año un 12% del haber del trabajador cada mes al fondo de desempleo. En los siguientes años el monto se reduce a un 8%. Lo distintivo, no obstante, es que la desvinculación laboral no necesita ser forzada para que el trabajador reciba la retribución de los fondos acumulados.

Lo que resta saber es cuáles serán los gremios que se acoplarán al nuevo sistema, que resuelve un viejo anhelo de las empresas respecto del costo de las indeminizaciones.

Las empresas y el Gobierno prometen que con el nuevo sistema habrá más contrataciones en blancoy, por lo tanto más empleo formal. 

El manejo de los fondos de indemnización

El nuevo sistema recuerda mucho a la existencia de las AFJP, es decir, los fondos de pensiones creados durante el memenismo. Con las diferencias de tiempos y montos en juego, el artículo 96 establece la norma para la creación de estas administradoras de fondos de despido. ”Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo”, plantea el texto del decreto.

Entre varias de las opciones que ofrecerá permitirá la creación de un régimen de “Cuentas Bancarias de Cese Laboral”; de “Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Cese Laboral” o de “Fideicomisos Financieros de Cese Laboral”, abriendo el juego para que los aportes laborales puedan ser invertidos en distintos instrumentos financieros en el mercado de capitales.