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El Gobierno habilita bonos Bopreal para saldar obligaciones fiscales

La Resolución General 5675/2025 fija el procedimiento para emplear bonos del BCRA en la cancelación de pasivos tributarios y aduaneros.
Foto: EFE
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La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), formalizó mediante la Resolución General 5675/2025 el procedimiento para la utilización de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), emitidos por el Banco Central de la República Argentina, como medio de cancelación de obligaciones fiscales y aduaneras vencidas hasta el 12 de diciembre de 2023.

Esta resolución complementa lo dispuesto en la Resolución General 5469/2024 y detalla el mecanismo por el cual los contribuyentes podrán dar en pago estos instrumentos financieros, emitidos bajo el Decreto 72/2023. Los bonos alcanzados por la medida son los pertenecientes a las series 1A, 1B y 1C emitidas hasta el 31 de marzo de 2024, siempre que hayan sido expresamente aceptados por ARCA.

Los títulos deberán ser transferidos a la cuenta comitente de la agencia en Caja de Valores S.A., identificada con el número 338958191 y abierta en el Banco Nación. Las transferencias, gestionadas por un participante autorizado, serán irrevocables. Posteriormente, Caja de Valores remitirá un formulario de declaración jurada (N° 1400) con los datos del bono, su valuación y la identificación del titular.

El valor en pesos de los bonos será calculado sobre la base del tipo de cambio implícito resultante de operaciones con títulos públicos con mayor volumen negociado en el mercado local, en un período de cinco días hábiles previos a la fecha de referencia. Se considerará también la información técnica provista por el Banco Central, aplicando mecanismos de promediación ponderada y truncamiento decimal para obtener el tipo de cambio.

Una vez recibidos y valuados, los bonos serán registrados como Bonos Electrónicos en el sistema “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales” y se acreditarán como créditos no transferibles ni negociables. Los contribuyentes podrán consultar e imputar los saldos disponibles mediante Clave Fiscal Nivel 3 o superior, ingresando al sitio institucional de ARCA.

Las imputaciones podrán realizarse desde el día hábil siguiente a la acreditación, con plazos máximos de uso hasta el 31 de diciembre de 2030, 2031 o 2032, según el año de transferencia. En el caso de anticipos excedentes, estos no generarán saldos a favor ni devoluciones, aunque podrán solicitarse para su aplicación a obligaciones futuras mediante una nota digital, conforme lo establece la Resolución General 5126.

Las imputaciones se aplicarán de forma directa en el Sistema Informático MALVINA, en caso de tratarse de operaciones de importación. Los bonos no podrán ser utilizados como medio de generación de libre disponibilidad ni dar lugar a reintegros por parte del Estado Nacional.

La resolución entrará en vigencia el día hábil siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.