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Autos eléctricos: por qué la importación sigue siendo imposible para los consumidores

Más allá de las intenciones del Gobierno de abrir el mercado para los particulares, aún quedan normativas vigentes que sólo permiten la compra en el exterior a las compañías.
Para traer un auto eléctrico desde el exterior es necesario un trámite de homologación y ser importador oficial.
Para traer un auto eléctrico desde el exterior es necesario un trámite de homologación y ser importador oficial.

La quita del impuesto extrazona para compra de autos eléctricos o híbridos en el exterior sorprendió de la mejor manera a las empresas fabricantes e importadoras. A fin de dar continuidad a la medida, el Gobierno de Javier Milei publicó en el Boletín Oficial de este miércoles la Resolución 29/2025.

Por medio de esta normativa la gestión libertaria estableció la reglamentación para la importación de este tipo de vehículos. Si bien en líneas generales la nueva normativa repite las condiciones establecidas en el Decreto 49/2025, el anexo que la acompaña parece incluir a los particulares entre los habilitados para realizar este tipo de transacciones. 

Sin embargo, de la lectura del sistema legal vigente que regula este negocio en el país surge que, por el momento, no será posible que un consumidor final pueda comprar e importar un auto eléctrico. La limitación tiene que ver con la obligación de estar registrado como agente oficial de la marca que impone la Ley de Tránsito.

Foto: Archivo/MDZ

Además, es necesaria la homologación del vehículo que, según el Decreto 779/1995, no puede ser requerida por un particular. “Hasta que el Gobierno no modifique, como han dicho que harán, ese trámite, (los consumidores) podrán importar un auto pero no podrán sacar la matrícula”, explicó un empresario del sector de importadores a Infobae.

De esta manera, la posibilidad de que un particular pueda comprar en el exterior y hacer ingresar al país un vehículo de estas características dependerá de la reforma de la normativa. Es válido recordar que el  ministro de desregulación Federico Sturzenegger, impulsó un proyecto de reforma en cual está incluida la simplificaciones del trámite de homologación para que cualquier persona pueda realizar esta transacción.

Resolución 29/2025

La reglamentación del Decreto 49/2025 insiste con el cupo máximo de autos que se pueden importar con el beneficio de la exención del 35% del arancel. El límite es de 50.000 por año en un plazo de 5 años. Además, hay que tener en cuenta que se estableció un precio FOB de US$16.000 que no se puede exceder. 

En cuanto al volumen, el anexo de la resolución establece que el total se dividirá por la mitad: 25.000 unidades se asignarán a las compañías automotrices que tengan plantas de producción radicadas en el país y el resto se destinarán a los importadores oficiales y a personas físicas; la novedad de la regulación.  

Foto: Archivo/MDZ

Los interesados y habilitados para poder realizar las operaciones podrán postularse ante la Subsecretaría de Política Industrial a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Para ello, se trabajará en línea con la Aduana y con la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Entre los datos que deberán declarar los importadores se encuentran el precio del vehículo en dólares; marca, modelo, denominación comercial, tipo de tecnología de la unidad; cantidad de automotores; mes estimado en que se produzca la nacionalización de los autos. Además, tendrán que presentar una Declaración Jurada en la que manifestará que el se cumplirán con las condiciones de seguridad activas y pasivas y de emisión de contaminantes.