El Gobierno le aclaró a las empresas de telecomunicaciones qué pasa con sus aportes al Estado
La ratificación sobre el destino del 1% de sus ingresos se debe al fin del Fondo Fidusiario Servicio Universal. Telefónica había rechazado la continuidad del aporte.
El Gobierno aclaró que las empresas de telecomunicaciones deben continuar realizando un aporte del 1% de sus ingresos totales al Estado, destinado a garantizar el acceso al Servicio Universal, a pesar de la reciente disolución del fondo fiduciario que administraba esos recursos.
La confirmación fue comunicada por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) a través de la Resolución 3/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa destaca que, conforme al Decreto 6/2025, la política pública que asegura el acceso al Servicio Universal sigue vigente, al igual que la obligación de los licenciatarios de servicios TIC de cumplir con los aportes previstos.
El Servicio Universal, según la Ley 27.078, busca garantizar que todos los habitantes del país tengan acceso a servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en condiciones de calidad y a precios razonables, independientemente de su ubicación geográfica.
El decreto que disolvió el fondo fiduciario estipuló que la política pública y los aportes de inversión continúan. Las empresas deben contribuir con el 1% de sus ingresos totales devengados por la prestación de servicios TIC, excluyendo impuestos y tasas.
Respuesta a planteos empresariales
La aclaración surge en respuesta a una presentación de Telefónica que sostenía que, tras la disolución del fondo fiduciario, no estaba obligada a seguir efectuando los pagos. ENACOM y la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía ratificaron que la falta de pago puede generar situaciones de mora y el devengamiento de intereses correspondientes.
El interventor de ENACOM, Juan Martín Ozores, subrayó que las empresas deben mantener sus contribuciones bajo el mecanismo vigente hasta que se dicten normas complementarias y se concluya el proceso de liquidación del fondo.
El artículo 18 de la Ley 27.078 define al Servicio Universal como el conjunto de servicios TIC garantizados por el Estado nacional en condiciones de calidad, asequibilidad y precios justos. Por su parte, el artículo 19 establece que su objetivo es asegurar que todos los ciudadanos, sin importar su localización o ingresos, accedan a estos servicios esenciales.
Con esta ratificación, el Gobierno busca asegurar la continuidad de una política clave para la inclusión digital en el país, fortaleciendo el acceso igualitario a las telecomunicaciones en todas las regiones.

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