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Blanqueo de capitales: Luis Caputo amplió el abanico de instrumentos financieros para ingresar dólares

En el marco de las "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes", el Ministerio de Economía sumó opciones a las ya establecidas para regularizar los activos.

El Gobierno avanza en más definiciones para aplicar el del blanqueo de capitales  que se enmarca dentro de la Ley N° 27.743 de "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes". Luego de que se detallaran las alternativas permitidas para que quienes ingresen  activos no declarados no paguen el impuesto especial, ahora el Ministerio de Economía sacó una segunda resolución - la 759/2024- en la que amplía las opciones disponibles con nuevos instrumentos para invertir los dólares.

Hasta el momento, las inversiones autorizadas  para la exteriorización de activos eran las siguientes:

  • Títulos públicos emitidos por los Estados Nacional (incluidos los BOPREAL), Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Acciones colocadas por oferta pública autorizada por la CNV.
  • Obligaciones negociables con oferta pública autorizada por la CNV.
  • Cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión cerrados, colocadas por oferta pública autorizada por la CNV.
  • Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos colocados por oferta pública autorizada por la CNV, destinados al financiamiento de las MiPyME, y/o a la inversión y/o financiamiento en proyectos productivos, inmobiliarios y/o de infraestructura, para el fomento de la inversión productiva.
  • Proyectos inmobiliarios iniciados a partir de la vigencia del Título II de la Ley Nº 27.743, o con un grado de avance inferior al cincuenta por ciento (50%) de la finalización de la obra a ese momento. Comprende construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros trabajos, en inmuebles propios o de terceros.
Los dólares se podrán invertir desde las casas de bolsa.

Y a partir de este martes, a las opciones previamente enumeradas para el blaqueo de capitales, se suman "pagarés bursátiles y cheques avalados y de títulos que sean aportados a fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca".

Además, la cartera liderada por el ministro Luis Caputo estableció que "los fondos que se regularicen podrán destinarse, también, a la suscripción o adquisición de títulos públicos y/o valores negociables con oferta pública autorizada por la Comisión Nacional de Valores, incluidos dentro de los destinos de inversión indicados en esta resolución, que sean aportados a fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca”.