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Suspenden a una empresa por operar con dólares al contado con liqui

Una transportista anunció a sus clientes que, debido a la aplicación del SIRA a los fletes, debían cambiar la forma de pago. El código aduanero no autoriza el CCL para estas operaciones e intervino la Aduana

La Dirección General de Aduanas informó que suspendió de forma preventiva a la empresa Almar Internacional de Argentina por 45 días por hacer que sus facturas sean canceladas a valor del dólar cotizado en el llamado contado con liqui (contado con liquidación - CCL), cuando debería ser al tipo de cambio oficial.

La medida está prevista en el artículo 97 del Código Aduanero y, señalan desde la DGA, tiene "como objetivo garantizar la trazabilidad de las operaciones para poder controlar sobre el real valor del flete" y sirve para "proteger la seguridad del servicio aduanero y de la renta fiscal. Además de controlar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras por parte de los operadores y usuarios aduaneros".

La empresa había enviado una misiva a sus clientes informando el cambio de forma de pago, señalando que "desde mediados de mayo se han sucedido una serie de eventos que entorpecen en el flujo normal y habitual del comercio exterior" y pone el foco en la comunicación A7771 del BCRA que "incluye dentro del proceso de SIRASE al servicio de flete internacional y gastos que instala un plazo de 90 días para la aprobación y pago de este".

La carta marca que el hecho de que las líneas marítimas sólo operen con pagos al contado y en el exterior, les "impide continuar trabajando de la forma que lo hemos hecho durante los últimos 35 años". 

Por ese motivo, les informa a los clientes que la nueva forma de pago es en pesos, pero al valor del CCL, en dólares billete, transferencia en dólares o pago en dólares a una cuenta del exterior.