AFIP pone la lupa sobre las billeteras virtuales e intima a quienes pasen el límite
Las billeteras virtuales no están ajenas al control de la AFIP y la entidad fija una postura más dura para quienes la utilizan.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales las billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá o Prex deben informar sobre los movimientos que realizan los contribuyentes.
Según indicaron desde la institución, las modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.
Las billeteras virtuales, cada vez más populares, deben informar a la AFIP cuando los gastos, transferencias, acreditaciones, extracciones y saldos superan los $ 400.000.
Otros de los movimientos que las empresas tendrán que alertar son:
- Ingresos y egresos iguales o superiores a $ 120.000;
- Saldos al último día hábil del mes reportado iguales o mayores a $ 200.000,
- Transferencias iguales o superiores a $ 400.000.
En caso de que estos montos se excedan, AFIP solicitará la siguiente información:
- Recibos de sueldo;
- Comprobantes de haberes jubilatorios;
- Facturas emitidas en los últimos seis meses,
- Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.