Opinión

La inconstitucionalidad de la inflación

El autor reflexiona sobre la "enfermedad silenciosa pero devastadora" que sufre el país y afecta a todos los argentinos, explicando que más que una cuestión económica, es un problema político.

Enrique D. Gross jueves, 28 de julio de 2022 · 13:00 hs
La inconstitucionalidad de la inflación
La inflación, un monstruo que sufren todos los argentinos. Foto: USAToday.

Nuestro país está cursando una enfermedad silenciosa pero devastadora que lo consume día a día: la Inflación.

Toda dolencia tiene tratamiento siempre y cuando el diagnóstico sea el correcto. Para la medicina detectar el foco del problema es el primer paso y el más fundamental para actuar en consecuencia y lograr el tratamiento que salve la vida del paciente. Y en la Argentina estamos equivocando el diagnóstico año a año, gobierno a gobierno y eso deriva en la profundización del problema.

La verdadera explicación es que la inflación es un efecto, no es una causa, es decir la inflación es causada por otros “motivos”. La causa “directa” de la inflación es el exceso de emisión monetaria y no el gasto público.

Atribuir al gasto público la categoría de “causa directa” de la inflación es tergiversar la relación causal ocultando la verdadera causa: la acción directa y concreta de las políticas monetarias de la autoridad monetaria. Esto es así porque el gasto público puede ser financiado con diversas fuentes, algunas legítimas como la recaudación tributaria y otras espurias como el endeudamiento público, para que quede claro, el endeudamiento para el gasto es “contra natura” por naturaleza, el endeudamiento es una gran herramienta para apalancar la inversión y motorizar el desarrollo, y es la peor forma de financiar el gasto, por ello es espurio como fuente del gasto.

El exceso de emisión es una medida de “proporcionalidad” en relación al tamaño de la economía en la cual se utiliza la moneda que se emite. Es decir, solo hay exceso de emisión cuando el porcentaje que la misma representa no es acorde al volumen económico (tamaño de la economía) del sistema que se rige por la moneda emitida. Este problema deja de ser tal cuando el 100% de la emisión tiene un respaldo sólido, es decir en riqueza concreta, atento a que para emitir se tuvo que utilizar un porcentaje de la riqueza del sistema económico al cual la moneda va a aportar liquidez.

Enrique D. Gross.

Por lo tanto, la inflación no es un problema económico o de técnica o conocimientos económicos, ni siquiera es un problema monetario, sino que es un problema político, de política monetaria, es decir es un problema de discrecionalidad de facultades en las decisiones de políticas monetarias. Entonces -y por ello mismo- la inflación es un problema de naturaleza jurídica atento a que remite a las facultades -regladas y discrecionales- de la autoridad monetaria, o lo que es lo mismo del Banco Central.

Expuesto este nexo causal eficiente de la inflación e identificada la causa directa (emisión), corresponde entonces afirmar que la causa “indirecta” de la inflación es de naturaleza jurídica-normativa, porque el ejercicio de las facultades regladas y discrecionales de la autoridad monetaria surge de la “ley de creación” de dicha autoridad y de todo el marco normativo concordante.

El núcleo del problema de la inflación consiste entonces en el ejercicio de facultades discrecionales amplias y de carácter administrativas (legales) por parte del Banco Central; facultades discrecionales que son contrarias a la Constitución Nacional en cuanto ésta establece reglas claras que limitan la discrecionalidad de las políticas monetarias en los artículos 75 inc. 6, 11, 12 y 19 fundamentalmente, y en el principio constitucional que básicamente se puede resumir “en la no afectación de los derechos constitucionales supremos tales como la propiedad, el ejercicio del comercio y la industria, las posibilidades de progreso, y la prohibición de impuestos que no estén fundados en ley e igualdad como base de los mismos, etc.”, derechos reconocidos en los artículos 14, 16 y 17 específicamente.

Es por ello por lo que en el caso argentino hay que analizar y entender en profundidad y con detalle el rol cómplice que tuvo y tiene el sistema político para entender el nexo causal entre inflación, devaluación, endeudamiento, gasto público, pobreza, desocupación, y desigualdad e inequidad social. Y este análisis comprende tanto a los gobiernos de facto como a los constitucionales.

Y, con este diagnóstico, ya es tiempo que la justicia actúe en defensa de los ciudadanos y decrete la inconstitucionalidad de todas las normas monetarias que posibilitan el descalabro inflacionario que sufrimos todos los argentinos.

Enrique D. Gross es jurista, abogado y procurador egresado de la Universidad Nacional de Córdoba. Cursó Estrategias para una implementación efectiva de la colaboración público-privada. Dictado en el Campus Harvard University (Cambridge) y es postgraduado en Alta Dirección de Gobierno y Políticas Públicas

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