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Devolución de Ganancias y Repro II, dos beneficios para los contribuyentes y la economía

Se trata de dos medidas que buscan asistir tanto a los contribuyentes como a las empresas.

MDZ Dinero
MDZ Dinero viernes, 28 de mayo de 2021 · 16:04 hs
Devolución de Ganancias y Repro II, dos beneficios para los contribuyentes y la economía
Foto: Archivo

Días atrás el Ministerio de Economía de la Nación reglamentó la devolución del impuesto a las Ganancias para trabajadores asalariados con ingresos brutos de hasta $150.0000. Ahora la AFIP debe dar los detalles de cómo se efectuará esta acción, aunque ya se sabe que será en cinco cuotas que se pagarán a partir de julio, y llegarán hasta noviembre.

¿Quiénes pueden recibir estas devoluciones? Según la ley 27.617, aprobada por el Congreso Nacional el 8 de abril, se trata de aquellos que quedan por todo este año al margen del impuesto.

Esto, en detalle, significa que incluye a quienes tienen remuneraciones de hasta $150.000 en bruto, o de hasta $124.500 en términos netos (una vez descontados los aportes a la seguridad social).

Lo que sucedió es que a comienzos de este año pagaban impuesto a las Ganancias los empleados con salarios que partían de los $74.810, sin deducciones ni por familia ni por gastos, o de $98.963, para quienes tenían pareja y dos hijos. Ahora, esos montos pagados o retenidos por el Estado deben ser devueltos, para ajustar el pago a lo que establece la nueva ley.

Ahora bien, mientras se esperan los detalles de la AFIP para poder cobrar esa devolución, acaba de ser presentado un proyecto de Ley, del diputado Gustavo Menna (UCR-Chubut), que pide que se rechace la reglamentación que hizo Economía.

¿Qué dice este proyecto? Sugiere que se deroguen "los términos del artículo 9 párrafo segundo del decreto 336/2021 por el cual el Poder Ejecutivo reglamentó la ley 27.617 que modificó la Ley del Impuesto a las Ganancias". Esto es porque, justamente este artículo, "pretende que el reintegro del impuesto retenido en exceso de los salarios de los trabajadores desde enero de 2021 sea efectuado en plazos a definir por la AFIP".

Es de esperar que esto no retrase todavía más la devolución que ya es un derecho de los trabajadores, a los que les hay retenido parte de sus ingresos.

Repro II

Por otra parte, el Estado Nacional tiene hoy otro desafío, pero esta vez más vinculado a la asistencia financiera que los comercios y pymes necesitan para poder enfrentar las medidas de aislamiento a la que nos empuja esta segunda ola de Covid-19.

Por eso, monotributistas y autónomos deben estar atentos para anotarse en el nuevo Repro, que es que programa de asistencia financiera especial para ellos, y que vence el 1º de junio la posibilidad de anotarse.

Este Programa de Asistencia a Independientes de Sectores Críticos incluye el pago de una suma de hasta $22.000 a trabajadores encuadrados en el Monotributo o en el Régimen de Trabajo Autónomo. El pago será mensual, podrá ser extendido en el tiempo si continúan las medidas estrictas de aislamiento.

¿Qué condiciones son necesarias para poder inscribirse?

  • Actividad principal, identificada en los términos del "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)" que especificó el Ministerio de Trabajo en las normas.
  • Haber realizado por lo menos 2 pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos 6 meses previos a la solicitud.
  • Presentar una reducción de la facturación superior 20% en términos reales, para el período comprendido entre el 1º y el 24 de mayo de 2021 y mayo de 2019.
  • En caso de contar con trabajadores en relación de dependencia, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
    Contar hasta con 5 trabajadores en el mes anterior a la solicitud del beneficio.
    El indicador de liquidez corriente para el mes de abril de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II.
    No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) por las siguientes infracciones: sentencias firmes, sanciones por trabajo infantil, casos de trata de personas.

Cdor. Andrés Nicastro – Socio Lisicki Litvin & Asoc Oficina Mendoza.

Cdora. Noelia Roggerone Saso – Senior de Impuestos Lisicki Litvin & Asoc. Oficina Mendoza.

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