Domicilio Fiscal Electrónico: eliminaron excepciones para registrarse
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el universo de contribuyentes que deberá registrar y confirmar su Domicilio Fiscal Electrónico, a través de la Resolución General 4820/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial. La medida elimina las excepciones para la registración del Domicilio Fiscal Electrónico que existían para contribuyentes que declararon ante la AFIP su domicilio en localidades de menos de 1.000 habitantes.
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El Domicilio Fiscal Electrónico es un domicilio virtual, gratuito, seguro y obligatorio utilizado por la AFIP y otros organismos del Estado para contactar a los contribuyentes. Y produce, en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, por lo que, a través de las comunicaciones que se reciban por este medio, se considerará al contribuyente como efectivamente notificado.
La medida busca facilitar y agilizar las comunicaciones en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.