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Fijaron los requisitos para convertir en subsidios los créditos del ATP 5

Entre las condiciones que establece el Gobierno es que se cumpla con las metas de sostenimiento o creación de empleo..

Redacción MDZ
Redacción MDZ viernes, 18 de septiembre de 2020 · 11:00 hs
Fijaron los requisitos para convertir en subsidios los créditos del ATP 5
Imagen ilustrativa. Foto: Gentileza BAE Negocios

El sostenimiento o creación de empleo es una de las condiciones que fijó el Gobierno nacional para convertir en subsidios los créditos a empresas en lo que es la quinta modalidad Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP 5).

A través de la Resolución 491/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada hoy en el Boletín Oficial, la norma precisa que “el Crédito a Tasa Subsidiada podrá convertirse en subsidio en la medida que cumpla con las metas de sostenimiento o creación de empleo”. Y explica además que “las metas de empleo serán trimestrales e implicarán una comparación de los promedios contra un mismo período comprendido entre los años 2019/2020”.

Otros puntos establecidos en la Resolución:

  • “Si la empresa cumple con las metas de empleo, con el repago del crédito y demás condiciones establecidas, el crédito se entenderá convertido en subsidio, y será total o parcialmente reintegrado por medio de un Aporte No Reembolsable (ANR)”.
  • “No procederá el reintegro si la empresa posee empleados suspendidos durante 2021”.
  •  “En caso de que haya tenido empleados suspendidos en el último trimestre de 2020, no podrá acceder al beneficio por ese trimestre, pero no se invalidarán los reintegros por los restantes”.
  •  “El reintegro se efectivizará si y sólo si la empresa tuviera la totalidad del crédito pago, y no hubiera incurrido en mora, un atraso superior a 30 días, según lo informado por la entidad bancaria, y no registrara incumplimientos vigentes con el Fondo de Garantías Argentina (FoGAR)”.

En tanto que las metas de sostenimiento o creación de empleo y los beneficios correspondientes serán diferentes según la cantidad de empleados que tenga la empresa. Se clasificará a las empresas en tramos de 1 a 9 trabajadores; de 10 a 39; de 40 a 199; y de 200 a 800 trabajadores. Y la cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de este año.

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