Preocupación

Moratoria: ¿Alivio o más problemas para la clase media?

La carga impositiva en Argentina es cada vez mayor y genera acalorados debates en torno a la necesidad de una reforma tributaria. De acuerdo a un informe publicado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal, para una familia argentina la carga tributaria se ubica entre el 49,% y el 58,7%.

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MDZ Dinero lunes, 27 de julio de 2020 · 11:34 hs
Moratoria: ¿Alivio o más problemas para la clase media?
Foto: elvocero.com

La carga impositiva en Argentina es cada vez mayor y genera acalorados debates en torno a la necesidad de una reforma tributaria. De acuerdo a un informe recientemente publicado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), para una familia asalariada argentina la carga tributaria formal integral de los tres niveles de gobierno se ubica entre el 49,5% y el 58,7% de sus ingresos totales en 2020.

Lo mismo ocurre en el sector productivo. Un estudio de la Cámara Argentina del Comercio reveló que la carga impositiva sobre el margen bruto del negocio de un comercio puede llegar a representar entre el 30% y el 45%.

En el contexto de la pandemia de coronavirus, empresas y familias adoptaron diversas medidas para recortar gastos frente a la escasez e incluso ausencia de ingresos. Uno de los primeros ajustes fue en el pago de los impuestos, lo cual repercutió de manera considerable en la recaudación fiscal.

Una encuesta de la Unión Industrial Argentina precisó que 41% de las empresas industriales no pudo afrontar el pago de impuestos desde el inicio de la pandemia, en tanto que las familias consideran las obligaciones fiscales como uno de los principales rubros a ajustar. De hecho, la AFIP informó un incremento del 50% de la deuda tributaria entre los contribuyentes

Es por esto que se anunció una ampliación de la moratoria tributaria que esta vez permite el acceso a grandes empresas y personas humanas. El proyecto de ley que se trata en el Congreso de la Nación consolida los planes y facilidades previos. Además de las características destacadas en el diagrama, se incluyen -para las grandes empresas que adhieran- restricciones a la distribución de utilidades y al acceso al Contado Con Liquidación (CCL) o dólar MEP.

Ejemplo práctico

Según consigna Infobae, el proyecto de ley sólo considera a los impuestos nacionales, entre los que se destacan, a nivel de negocios, IVA, Ganancias, Impuestos Internos, Seguridad Social, Impuesto al Cheque e Impuestos Aduaneros. Supongamos que habrá una postergación de vencimientos para Ganancias para personas humanas y Bienes Personales y los excluimos del análisis.

Ivanna y Anahí, por estar inscriptas como personas jurídicas estarán alcanzadas por una tasa del 35% del impuesto a las Ganancias (bajo el supuesto de que aún no cuentan con su certificado MiPyme), además del pago de Cargas y Contribuciones a la Seguridad Social por todos sus empleados. Por pertenecer al tramo de MiPymes cuentan con una deducción en los aportes previsionales de $10.000 por empleado de su base imponible a lo que se adiciona, en el caso de Ivanna por tratarse de una industria textil, una baja adicional de $17.000.

En tanto, Ignacio deberá efectuar el pago de cuotas como Autónomo Categoría II, pues se trata de una prestación de servicios y su facturación anual supera los $25.000. El ejercicio asume, en los tres casos, que se encontraban al inicio de la cuarentena sin deudas tributarias nacionales y desde entonces comenzaron a postergar sus pagos.

Así, los contribuyentes hipotéticos ingresarán a la moratoria por los importes adeudados de aproximadamente $45.000 en el caso de Ivanna, $15.000 en el de Anahí y $13.000 en el de Ignacio. La cuota inicial, con vencimiento el 16 de noviembre, será cercana a los $1.600, $550 y $460, respectivamente. Cabe destacar que en este caso están regularizando solo tres meses, ya que la moratoria abarca únicamente los impuestos nacionales.

Al cabo de un año, los tres sujetos de este ejercicio habrán cancelado un 20% del capital refinanciado, pero a la vez incurrido en un gasto equivalente al 52% del mismo. La diferencia corresponde a los intereses que deberán abonar: 2% mensual para los dos primeros períodos y luego una tasa variable que se supuso de 45% para todo el ejercicio. Todo esto sin considerar que a partir de julio deberán abonar los impuestos regularmente, en un contexto donde la permanencia aún de restricciones a la operatoria, la elevada incertidumbre económica y la probable baja demanda estarían lejos de garantizar una normalización de los flujos de ingresos del negocio.

El llamado a una megamoratoria durante la pandemia que unifica la moratoria de la gestión de Macri para autónomos, pymes y prestadores de servicios deja en claro que si se pagara cerrarían más empresas. Cierran miles empresas porque no le cierran los números después de pagar impuestos. Los casos de Ivanna, Anahí e Ignacio son solo ejemplos de miles de personas en nuestro país.

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