Beneficio

Los monotributistas deudores de mayo no serán dados de baja en la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los monotributistas que hayan incurrido en una falta de pago de sus obligaciones durante mayo, no serán dados de baja de oficio del régimen.

Redacción MDZ
Redacción MDZ miércoles, 27 de mayo de 2020 · 19:46 hs
Los monotributistas deudores de mayo no serán dados de baja en la AFIP
Foto: ALF PONCE / MDZ

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los monotributistas que hayan incurrido en una falta de pago de sus obligaciones durante mayo, no serán dados de baja de oficio del régimen.

Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes al mes de mayo.

A través de la Resolución General N°4724/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, se extienden al mes corriente beneficios vigentes desde marzo. 

La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que la deuda generada en mayo no será computada a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas. 

Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos tampoco serán utilizados en mayo para proceder con exclusiones de oficio.

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