Coronavirus en Argentina

Quiénes no podrán acceder a los créditos a tasa cero

La medida anunciada para monotributistas y trabajadores autónomos no alcanzará a todos los que estén en esa situación. Aquí el detalle de quiénes no podrán pedirlo.

MDZ Dinero
MDZ Dinero lunes, 20 de abril de 2020 · 19:20 hs
Quiénes no podrán acceder a los créditos a tasa cero

De la mano de los ministros de Trabajo, Claudio Moroni, y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, el Gobierno anunció que se otorgarán créditos a tasa cero para monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos. Sin embargo, no todos podrán acceder a los préstamos que tendrán un tope de $150 mil en tres meses y que podrán ser devueltos en 12 cuotas mensuales.

Si bien el objetivo es llegar a todas las personas que se encuentran en esas condiciones de trabajo, habrá algunas pocas restricciones para que le beneficio alcance solo a trabajadores independientes que realmente se vean afectados por la caída en la facturación o imposibilitados de trabajar por las medidas de aislamiento impuestas por el Gobierno Nacional ante la pandemia de coronavirus.

Como suele suceder, la determinación de quiénes reciban el beneficio y quienes no, pasará por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Sin embargo, el pedido de quienes quieran solicitar los créditos no serán a la AFIP, sino directamente a sus bancos en los que estén operando. En caso de que AFIP determine que esa persona está calificada para recibir el dinero, el trabajador recibirá el saldo directamente en su tarjeta de crédito.

Por otra parte, según consigna el sitio Infobae, se está analizando que el organismo comunique a la dirección fiscal electrónica del contribuyente si califica o no para el crédito, y con esa validación, va a poder concurrir a su banco habitual para solicitarlo.

En cuanto a las restricciones, la idea es que no accedan al crédito los monotributistas que además estén en relación de dependencia y tampoco quienes cuenten con inversiones. Tampoco podrían acceder quienes no hayan tenido una caída comprobable en su facturación.

Por otra parte, los que sí accedan al crédito, estarán imposibilitados de hacer operaciones como compras de divisas, ni acceder a dólares contado con liquidación.

En resumen, quienes podrán acceder al crédito, con esas escasas limitaciones, son todas las personas adheridas al Régimen Simplificado (Monotributo) de todas las categorías y trabajadores autónomos. Las condiciones van a ser establecidas por la Jefatura de Gabinete y el Banco Central (BCRA).

En cuanto al monto,  la financiación no podrá exceder el 25% del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del monotributo, con un máximo de $150.000.

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