El "impuesto solidario" será menor para Netflix, Spotify y Airbnb
Más allá de tratarse de consumos en dólares, la reglamentación de la Ley de Solidaridad y Reactivación publicada hoy en el Boletín Oficial estableció que la contratación de servicios digitales como Netflix, Spotify o Airbnb no pagarán el 30% de recargo, si no un porcentaje bastante menor.
"Debido a que determinados servicios digitales indicados en la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se encuentran gravados por este tributo, es necesario fijar una alícuota reducida", figura en los considerandos de la norma impulsada por el Poder Ejecutivo.
El espíritu de la medida radica en que estos servicios pagan IVA y tienen amplio alcance en la población por lo que de generarse un menor consumo debido al recargo del 30%, el Estado reacudaría menos en términos impositivos.
Por esto, los servicios digitales como Netflix, Spotify, Airbnb y Tinder, entre otros, se remarcarán solo con el 8% extra. Lo mismo ocurrirá con otros menos conocidos pero usados por pequeñas y medianas empresas para publicidad como los ofrecidos por Google y Facebook.

