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El mayor obstáculo de los Cedin: la ley

El blanqueo va contra la ley antilavado y pone en una encrucijada a los bancos como responsables de recibir el dinero.
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La posibilidad de blanquear dólares a cambio de recibir Cedines o bonos (BAADE) para invertir en YPF a una tasa en dólares del 4% anual plantea serios interrogantes, contradicciones con la legislación nacional e internacional vigente y abre un nuevo frente de conflicto a nivel interno con los bancos, como sujetos obligados, y a nivel internacional con el GAFI, del que Argentina es miembro permanente.

El blanqueo o exteriorización, como intento desesperado de hacerse de dólares para recomponer el declinante nivel de reservas del Banco Central, tiene varios escollos aún por sortear. Es que la idea de blanquear fondos de dudosa procedencia plantea interrogantes e incompatibilidades, explicó a MDZ Dinero Raúl Saccani, gerente senior de la consultora internacional KPMG y especialista en legislación y medidas anti lavado de dinero, que visitó Mendoza para dar una conferencia organizada por el Estudio de Ciencias Económicas Herrera & Ontivero.

“Hay que empezar definiendo las responsabilidades que tendrá los denominados “sujetos obligados” y en particular los bancos, que son los que van a tener que recibir en primera instancia los dólares que provengan del blanqueo”, explica Saccani.

Por la ley 25.246 vigente y las resoluciones posteriores de la Unidad de Información Financiera (UIF) de la Nación, los bancos tienen la obligación de conocer a sus clientes y si de este conocimiento surgiera alguna “inconsistencia con las operaciones que realizan”, deben emitir un reporte de operaciones sospechosas. “En el día a día, los bancos tienen que conocer a sus clientes. Y si hay una inconsistencia entre la documentación que presenta el cliente y las operaciones que realiza, el banco tienen la obligación de hacer un reporte e informar a la UIF al respecto”, destaca Saccani.

El 7 de junio la AFIP publicó en el Boletín Oficial la resolución 3509 donde se procede a reglamentar la ley Nº 26.860 sobre el “Régimen de Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de Moneda Extranjera en el País y en el Exterior”. La nueva ley establece que se intenta movilizar la actividad económica reintroduciendo en el sistema formal fondos que hasta ahora no están declarados y en moneda extrajera. Y estos fondos deben ser reincorporados a través de los bancos. Para ello se suspende la aplicación de la Ley Penal Tributaria y Cambiaria y sus sanciones para quienes voluntariamente decidan adherirse a este beneficio.



Pero a la vez, “la ley lo que le dice a los bancos es que no se los exime de tener que cumplir con sus obligaciones en materia de lavado de dinero. Entonces acá hay un problema con los “sujetos obligados”, en particular los bancos, sobre si tendrán que informar o no (a la UIF) las operaciones que hagan sus clientes cuando ingresen al blanqueo. Más porque sus operaciones no van a ser consistentes con la documentación presentada por el cliente en su momento”, señala Saccani.

Por eso, afirma el especialista de KPMG, la principal duda que hoy persiste entre los “sujetos obligados” es cómo van a hacer con los clientes que vengan a traer los dólares y si los tienen que reportar o no, porque es muy difícil para el banco determinar el origen de los fondos, si son producto de la evasión fiscal, del simple ahorro que fue convertido a pesos o de delitos graves como el narcotráfico, la trata de personas o la corrupción.

En ese sentido, la UIF y la Comisión que se encargue de reglamentar y controlar el seguimiento de los Cedines y los BAADE van a tener que echar luz sobre estos aspectos y definir qué deberán hacer los bancos frente a esto. Porque los bancos hoy están contra la espada y la pared, porque tiene que aceptar los dólares del blanqueo, pero si se descubre que este dinero es fruto de actividades ilícitas pueden de mínima recibir multas de entre 1 y 10 veces el monto ingresado.

Frente internacional y misión de la GAFI
La ley 26.860 de blanqueo marca también una nueva y profunda contradicción de la Argentina y abre un posible frente de conflicto a nivel internacional con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), del que el país es miembro observador.

Es que desde febrero de este año, el GAFI incluyó a la evasión fiscal como uno de los delitos precedente del lavado de dinero que busca combatir. Argentina es miembro permanente del GAFI y de alguna manera con la ley de blanqueo, el país descriminaliza la evasión fiscal en su afán por atraer los dólares que necesita.

Por esta razón, adelantó Saccani, el GAFI “va a mandar a la Argentina próximamente un grupo para ver si esta ley de blanqueo cumple con las normas internacionales y las 40 recomendaciones internacionales vigentes”.