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Escándalo Mundial: qué dijo el Comité de Disciplina de la FIFA sobre la suspensión de la roja a Balogun

Ante las innumerables manifestaciones de rechazo por el caso Folarin Balogun en pleno Mundial, el Comité de Disciplina de la FIFA se expidió al respecto.

El Comité de Disciplina de la FIFA se expidió respecto del escándalo Balogun en pleno Mundial 2026.

El Comité de Disciplina de la FIFA se expidió respecto del escándalo Balogun en pleno Mundial 2026.

EFE

La expulsión de Folarion Balogun en el 2-0 de Estados Unidos ante Bosnia desató uno de los más grandes escándalos del Mundial 2026. No fue el único, ya que son incontables los atropellos por parte del país anfitrión al deporte, sus protagonistas y sus fanáticos a lo largo de toda la competencia, todo con el visto bueno de Gianni Infantino.

Pero lo que sí logró la insólita suspensión de la tarjeta roja, intervención de Donald Trump mediante, permitiéndole al goleador del USMNT jugar y ser titular este lunes ante Bélgica, fue despertar la reacción y rechazo de todo el mundo del fútbol, desde la Federación Belga hasta la UEFA. En ese sentido, el Comité de Disciplina de la FIFA se expidió al respecto mediante un extenso comunicado oficial firmado por el presidente de la entidad, Mohammad Al-Kamali.

La expulsión de Folarin Balogun que fue suspendida

La expulsión a Balogun que la FIFA terminó revocando para los octavos del Mundial.

"Se aplicó el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, que le otorga la facultad discrecional de suspender la ejecución de cualquier medida disciplinaria, y ordenó que la ejecución de la suspensión de un partido quedara suspendida a prueba por un período de un año. Como resultado, Balogun no está obligado a cumplir la suspensión de manera inmediata. En cambio, la sanción permanece en suspenso durante el período de prueba y solo se hará efectiva si comete otra infracción de naturaleza y gravedad similares durante ese año", reza el texto.

"En primer lugar, la Comisión Disciplinaria de la FIFA (al igual que cualquier otro órgano judicial de la FIFA) es independiente, tal como lo establecen los Estatutos de la FIFA y el Código Disciplinario de la FIFA. Los presidentes, vicepresidentes y demás miembros de los órganos judiciales de la FIFA cumplen los criterios de independencia definidos en el Reglamento de Gobernanza de la FIFA para garantizar su imparcialidad", asegura luego.

El artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA.

El artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA.

"En segundo lugar, no se revocó la expulsión decretada por el árbitro en el terreno de juego contra el Sr. Balogun; por el contrario, confirmó la suspensión de un partido derivada de la tarjeta roja que recibió el 1 de julio de 2026. La Comisión Disciplinaria de la FIFA únicamente se pronunció sobre las sanciones disciplinarias adicionales que debían imponerse como consecuencia de dicha tarjeta roja. (...) Dicha suspensión de la ejecución se decidió teniendo en cuenta todas las circunstancias específicas del incidente y las pruebas disponibles", aclara a continuación, como si esa salvedad técnica cambiara algo del vergonzoso fallo.

"Ni el Código Disciplinario de la FIFA ni el Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA 2026 contienen disposiciones que impidan a la Comisión Disciplinaria de la FIFA ejercer la facultad discrecional prevista en el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA. El ejercicio de dicha facultad es plenamente compatible con los principios generales que rigen la determinación de la sanción disciplinaria aplicable conforme al artículo 25 del Código Disciplinario de la FIFA", remarca el comunicado.

El artículo 25 del Código Disciplinario de la FIFA.

El artículo 25 del Código Disciplinario de la FIFA.

Y concluye con una respuesta a las quejas de la UEFA y demás entidades que alzaron la voz a raíz de este escándalo: "Revisar las consecuencias jurídicas de las tarjetas rojas en el fútbol no es algo nuevo en el fútbol moderno. En la mayoría de las ligas pertenecientes a asociaciones de la UEFA, la revocación de tarjetas rojas es una medida disciplinaria habitual, y ello nunca ha suscitado preocupación por haber cruzado alguna «línea roja». Además, conviene reiterar que, en la decisión objeto de análisis, la tarjeta roja no fue revocada. Suspender los efectos de una tarjeta roja con base en una disposición expresa de la normativa aplicable constituye una medida mucho más equilibrada".