Anmat volvió a modificar el Código Alimentario Argentino: estos son los cambios
Es la segunda vez en tres días que Anmat anuncia una modificación del CAA, agregando nuevos alimentos y modificando las indicaciones de los existentes.

Por segunda vez en la semana, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció una actualización en el Código Alimentario Argentino (CAA). En este caso, los productos afectados por las resoluciones son el alpiste, el aceite de palta y las conservas vegetales.
El miércoles 11 de junio, Anmat ya publicó una modificación del CAA realizada a través de la resolución 30/2025, que incorporó al Fruto de Palmera Yatay como producto de interés por ser nativo de las provincias del Litoral. Pero esta vez las modificaciones son, en algunos casos, a productos ya incluidos en el Código, para detallar los procedimientos obligatorios para la producción. De todos modos, también hay adiciones.
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Conservas vegetales
Se sustituyó el artículo 926 del Código, referido a las características de las conservas, calificación y criterios microbiológicos diferenciados. De este modo, se especificaron con claridad los tratamientos térmicos, como la esterilización industrial o la pasteurización, para asegurar la eliminación de microorganismos patógenos.
También se estableció la incorporación de forma visible del peso neto y el peso escurrido del producto que permite tomar decisiones mejor informadas a los consumidores. Según Anmat, las medidas refuerzan el compromiso con la inocuidad de los alimentos y la información clara al consumidor.
Incorporación de Alpiste
Se incluye el artículo 660 bis con la caracterización especificada del Alpiste. De este modo, el "alpiste apto para consumo humano" queda definido como los granos sanos, limpios y libres de las fibras de sílica, también conocidas como "pelos" de determinadas variedades vegetales.
Según la Administración, esta medida contribuye a la diversificación de la dieta y, mediante la exigencia de un etiquetado claro, se garantiza la inocuidad y la correcta identificación del producto para la seguridad de los consumidores.
Incorporación del aceite de palta
Por último, a través de la inclusión del artículo 528 bis, se agregó el aceite de palta o "aguacate" al Código Alimentario Argentino. Este está definido como el aceite que si obtiene por procedimientos mecánicos, sin aditivos ni agentes químicos, caracterizado por su alto contenido de grasas saludables.
El artículo establece las características y el perfil del aceite para asegurar su genuidad y contribuir a la información clara al consumidor. Esta y todas las modificaciones mencionadas fueron publicadas en el Boletín Oficial y pueden ser ubicadas en su respectiva página web, accesible a cualquier ciudadano.