Últimos dias para pedir la eximición de impuestos para jubilados en Mendoza: qué requisitos piden
La Municipalidad de la Ciudad de Mendoza mantiene abierta hasta el último día hábil de marzo la inscripción para la eximición de tasas.
El beneficio alcanza a quienes cumplan con los requisitos de ingresos, residencia y única propiedad exigidos por la comuna.
Prensa Ciudad de MendozaMarzo entra en su tramo final y con él también se acerca el cierre de un trámite clave para muchos adultos mayores de la capital mendocina. La Ciudad de Mendoza recordó que las solicitudes para acceder a la eximición de tasas por servicios a la propiedad raíz pueden presentarse desde el 2 de enero hasta el último día hábil de marzo de cada año.
En 2026, ese vencimiento cae el martes 31 de marzo.
Se trata de un beneficio destinado a jubilados y pensionados de cualquier régimen previsional nacional o provincial, y también a personas que ya tienen la edad para jubilarse, aunque no perciban ese beneficio, siempre que sus ingresos se mantengan dentro de los topes fijados por la comuna. También pueden acceder inquilinos, cónyuges supérstites, herederos y usufructuarios, siempre que acrediten su situación con la documentación correspondiente.
Qué requisitos se piden para la eximición
La exención alcanza el 100% de la tasa municipal, pero no es para todos. La Municipalidad establece que podrán obtenerla quienes perciban ingresos de hasta dos jubilaciones mínimas, ya sea de manera individual o junto a su cónyuge o conviviente. Quienes superen ese monto quedan excluidos. Además, el solicitante debe vivir en el inmueble por el que pide la exención, esa vivienda debe ser la única de su propiedad y no puede generarle renta. Tampoco pueden acceder quienes tengan más de una propiedad o quienes registren deudas pendientes de ejercicios anteriores.
Entre los papeles que deben presentar los propietarios figuran el último recibo de haber jubilatorio o pensionario del titular y de cada integrante del grupo familiar que viva en la vivienda, el DNI de todos los convivientes y la constancia de único beneficio expedida por Anses. En los casos de personas con edad jubilatoria que todavía no estén jubiladas, deben adjuntar bono de sueldo.
Para quienes no son propietarios, la comuna exige la misma documentación básica y suma requisitos según cada caso. Los locatarios o comodatarios deben presentar copia del contrato sellado que acredite que asumieron el pago de tasas y que el alquiler no supera dos haberes mínimos. Los cónyuges supérstites deben adjuntar copia certificada del acta de matrimonio y de defunción del cónyuge.
Los herederos, en tanto, deben presentar copia certificada de la declaratoria de herederos o, en su defecto, copia legalizada del acta de nacimiento y del acta de defunción del titular del inmueble. Los usufructuarios deben acreditar la reserva de usufructo.
Otro punto importante es que las renovaciones se realizan de manera automática por parte del organismo fiscal, previa verificación de los datos. El trámite no tiene costo y se atiende en la Ventanilla Única de la Ciudad de Mendoza, ubicada en 9 de Julio 500, en la planta baja inferior ala sur, de lunes a viernes de 8 a 13.30. También se puede consultar por correo electrónico a [email protected] o al teléfono (261) 4495118.


