Reforma laboral: qué es el RIFL, el plan del Gobierno para incentivar la formalización de trabajadores
La medida apunta a promover el empleo formal mediante fuertes rebajas en las contribuciones que pagan las empresas al incorporar nuevos trabajadores.
El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), una herramienta incluida en la Ley de Modernización Laboral que apunta a promover la contratación de trabajadores no registrados o desocupados mediante una fuerte reducción de los costos laborales para las empresas.
A través del Decreto 315/2026, el Ejecutivo estableció las condiciones operativas del esquema, que permitirá a los empleadores acceder a importantes beneficios en las contribuciones patronales durante un período de hasta cuatro años. La medida busca incentivar la incorporación al mercado formal de sectores históricamente relegados o con trayectorias laborales precarias.
El régimen está dirigido a trabajadores que no hayan tenido empleo registrado al 10 de diciembre de 2025, que se encuentren desempleados desde al menos seis meses antes de ser contratados, que hayan sido monotributistas o que provengan del sector público. En estos casos, las empresas podrán pagar alícuotas reducidas de aportes, muy por debajo de los niveles habituales.
El beneficio regirá para las relaciones laborales que se inicien entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027. Durante los primeros 48 meses de cada contratación, los empleadores abonarán contribuciones significativamente menores, lo que representa un incentivo directo a la formalización.
Beneficios para los empleadores
- Reducción de contribuciones patronales durante 48 meses
- Alícuotas significativamente más bajas que el régimen general (2% y 3%)
- Posibilidad de incluir hasta el 80% de la nómina en el régimen
- No se pierde el beneficio si el trabajador tiene otros ingresos
- Menor costo laboral al incorporar nuevos empleados
El decreto también establece límites y condiciones para evitar abusos. Por ejemplo, las empresas no podrán incluir más del 80% de su plantilla dentro del régimen y deberán cumplir estrictamente con los requisitos previstos. En caso de incumplimientos, perderán los beneficios y deberán afrontar el pago de las contribuciones adeudadas con intereses y posibles sanciones.
Beneficios para los trabajadores
- Acceso a empleo formal con aportes a la seguridad social
- Inclusión en el sistema previsional (jubilación)
- Cobertura de asignaciones familiares y sistema de salud
- Posibilidad de mantener ingresos adicionales (como monotributo)
- Mayor estabilidad laboral frente a situaciones informales
Además, se aclaró que los trabajadores podrán mantener otras fuentes de ingreso, como actividades independientes, sin que esto afecte las ventajas otorgadas al empleador. Sin embargo, el régimen no será compatible con otros esquemas de reducción de aportes vigentes.
La implementación y el control del sistema estarán a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que definirá los mecanismos de inscripción y fiscalización. A su vez, el Ministerio de Capital Humano articulará la coordinación con programas sociales para garantizar la continuidad de prestaciones en los casos que corresponda.
Con esta medida, el Gobierno apuesta a reducir la informalidad laboral mediante incentivos económicos al sector privado. No obstante, el esquema también abre interrogantes sobre su impacto en el financiamiento del sistema de seguridad social y sobre posibles efectos en la dinámica del mercado laboral, como la rotación de personal o la sustitución de trabajadores fuera del régimen.

