Morir en la espera: las duras consecuencias de las trabas de las obras sociales
Las obras sociales niegan tratamientos de manera sistemática. Algunos se destraban recién con reclamos judiciales. Otros, como PAMI, ni con sentencia firme cumplen. Hay casos de personas que fallecieron a la espera de esos cumplimientos. Los datos.
“Estás muerto en vida”, explica Marta, de Las Heras, mientras toma aire en la puerta de la sede Mendoza del PAMI, la obra social de los jubilados. Es la quinta vez que llega a esa oficina rogando que cubran los tratamientos para su hija, que tiene una discapacidad. Ahora lo ejecutará a través de un litigio judicial, la última instancia. Viene, habla y espera. “Angustia”, repite cuando menciona lo que siente. Con esa sensación conviven las personas y familias que enfrentan dificultades severas para acceso a la salud, incluidos tratamientos críticos a pesar de tener cobertura de obras social.
Incluso se ha generado una especie de círculo vicioso en el sistema: las obras sociales rechazan tratamientos como “método” y recién activan la asistencia tras iniciado un litigio. Así queda reflejado al seguir la línea de tiempo de las causas judiciales que fueron motivo de investigación por parte de MDZ. Incluso hay personas que murieron en esa espera: en un grupo de 57 casos de personas que reclamaron asistencia a través de la justicia, 4 fallecieron mientras se tramitaba la apelación ante la Cámara Federal de Mendoza. Murieron en espera y sus familias lo sufren.
Es lo que le ocurrió a Evelyn L. con su padre. El hombre tenía cáncer de riñón y reclamaba la cobertura del tratamiento oncológico al PAMI, como correspondía. El reclamo judicial, tras las negativas del PAMI, la hicieron en noviembre del 2024. PAMI apeló a la Cámara Federal de Mendoza. El máximo organismo judicial de la región le dio la razón el 17 de marzo del 2025. Pero el paciente había muerto 10 días antes sin haber recibido el tratamiento requerido.
Los litigios judiciales siguen porque tras el fallecimiento de las personas quedan otros problemas: costas de abogados, deudas con prestadores y proveedores. En otros tres casos analizados ocurrió algo similar. S. M. murió en San Juan, también a la espera de que PAMI cubriera su tratamiento. El 16 de diciembre de 2025 el juez de San Juan ordenó a PAMI entregar en tres días hábiles un esquema oncológico completo: leucovorina, fluorouracilo, cetuximab, oxaliplatino en dos dosis y encorafenib 300 mg diarios. Seis días después, el 22 de diciembre, PAMI apeló. El 28 de abril de 2026 el abogado presentó la partida de defunción de la mujer que murió en espera. Por obvias razones, el 19 de mayo la Cámara Federal declaró la causa abstracta. Es decir: PAMI apeló una cautelar para cubrir la quimioterapia y el trámite de esa apelación sobrevivió a la paciente.
Tener una sentencia judicial a favor ya no es garantía. Por eso muchas causas terminan en la Cámara Federal o en las Cámaras Civiles de la provincia. Y se aplican multas por incumplimiento. En los casos analizados, por ejemplo, se impusieron “astreintes” millonarias: $9.684.000 contra Medifé, $7.430.000 contra OSDE, $7.120.000 y $5.560.000 contra PAMI. Incluso se impuso una astrinte de 3 millones de pesos diarios por un amparo colectivo.
Trampas
El análisis realizado por MDZ incluyó 200 causas judiciales a través del empleo de inteligencia artificial, pedidos de acceso a la información pública y testimonios de víctimas.
A la Justicia Federal recurren las personas que tienen obras sociales sindicales, empresas de medicina prepaga o PAMI. Para el análisis se tomaron 57 causas que llegaron a la Cámara Federal, es decir son apelaciones tras un fallo de primera instancia. Muchas de esas causas son del año pasado, pero la Cámara las abordó en 2026. En 53 de esos 57 casos el paciente obtuvo la cobertura, total o parcialmente. En 40 la Cámara rechazó la apelación de las obras sociales y confirmó lo resuelto en primera instancia, incluso en otros 2 revirtió la decisión de los jueces para favorecer a los pacientes y en ninguna causa la Cámara le quitó la cobertura al afiliado. Entre los reclamos más frecuentes está la necesidad de medicamentos, sobre todo para tratamientos oncológicos y para enfermedades poco frecuentes, antifibróticos, insulina. Le siguen cirugías, prótesis e implantes y residencias geriátricas o de larga estadía. Otro de los motivos de reclamo frecuente son apoyos por discapacidad.
PAMI es la obra social más demandada: 33 de los casos analizados son por falta de cobertura de esa obra social nacional. Le siguen OSDE con 9 y, más atrás, obras sociales de fuerzas de seguridad, DAMSU, Galeno, OMINT, Sancor, Swiss Medical, Medifé, OSECAC, OSPE y OSDEPYM.
“La verdad es que la situación es crítica, principalmente con PAMI. Lo que llama la atención es no solo la falta de cobertura con cosas básicas como geriátricos o cuidadores, sino que además cuando uno recurre a la justicia y tiene una orden judicial, PAMI no las cumple”, explicó Jorge Caloiro, abogado especialista en salud. “Es increíble la actitud rebelde que tiene con las órdenes judiciales. Con sentencias condenatorias y firmes, PAMI sigue sin cumplir. Hace que todo sea más lento y se encarezca. Hay muchas denuncias penales por haber desobedecido órdenes judiciales”, explició Caloiro
Como adelantó MDZ, hay una sugestiva tendencia en el sistema de salud: que las obras sociales rechacen tratamientos o insumos y que recién se activen los mecanismos para hacerse cargo una vez que se realiza el reclamo judicial. Ocurre en OSEP, pero también en el PAMI. El caso más notorio en el grupo analizado es el J. A. (se incluyen solo las iniciales por resguardo de privacidad). El paciente tiene cáncer de riñón estadio IV, de alto riesgo. El oncólogo prescribió cabozantinib en febrero de 2025. El paciente intimó a PAMI por carta documento, pero no hubo respuesta. Inició el amparo el 24 de febrero, vencido ampliamente el plazo de la intimación. El 6 de marzo el juez dictó la cautelar y recién ahí PAMI autorizó el tratamiento con la intimación judicial. En la apelación pidió declarar la causa abstracta porque ya había entregado la medicación. La Cámara Federal rechazó ese pedido en dos movimientos: primero, que el cumplimiento fue compulsivo, porque PAMI autorizó solo después de ser emplazada judicialmente; segundo, que la autorización que PAMI acompañaba como prueba de cumplimiento ya tenía fecha de vencimiento inminente, con lo cual el objeto del reclamo tampoco estaba agotado, porque se trata de una prestación continuada. “Destaco en este punto que el cumplimiento en el cual afirma su postura, fue compulsivo. Con esto quiero decir que PAMI autorizó la medicación, sólo luego de haber sido emplazada judicialmente por la cautelar”, dice la sentencia de la Cámara.
A C. L. H. le ocurrió algo similar. El hombre tiene cáncer de próstata y PAMI no le autorizaba los estudios. Presentó la cautelar el 11 de noviembre de 2025 y solo tres días después PAMI presentó la autorización para realizarlo. M. A necesitaba nintedanib y metotrexato, para un tratamiento prolongado. Ante la negativa, reclamó vía amparo y PAMI activó la autorización. En esos casos la obra social pedía que los amparos fueran declarados en abstracto porque “cumplió”. Los jueces advierten que ese cumplimiento, nuevamente, fue compulsivo.
En la justicia provincial ocurre algo similar con OSEP. En los amparos revisados por MDZ figuran gran cantidad de casos "abstractos" porque la cobertura llegó tras el reclamo judicial. Entre las víctimas más frecuentes hay niños con discapacidad, personas con enfermedades oncológicas y adultos mayores. Los especialistas advierten que en esos casos hay un incumplimiento extra: la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores, en la que se establece que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de sus sociedades.



