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Fiesta clandestina y sanción ejemplar: la millonaria multa que aplicaron a los organizadores

Una fiesta clandestina fue desbaratada el pasado 17 de enero y en las últimas horas la Justicia le aplicó la multa a los organizadores que consistió en 1 millón de pesos. El evento prohibido contó con la presencia de 20 personas.

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MDZ Sociedad jueves, 4 de febrero de 2021 · 08:03 hs
Fiesta clandestina y sanción ejemplar: la millonaria multa que aplicaron a los organizadores
La Justicia sancionó a los organizadores de la fiesta clandestina con una millonaria multa

La justicia local aplicó una multa de un millón de pesos a los organizadores de una fiesta clandestina, con aproximadamente 20 personas, en la localidad rionegrina de San Carlos de Bariloche, informaron a fuentes oficiales.

"Fue una fiesta clandestina en Villa Llanquihue a la cual acudimos por una denuncia que se le hizo a la policía. Llegamos al lugar, constatamos que se encontraban realizando una fiesta, se labró la infracción y se elevo al juzgado de faltas numero 1 para que determine la multa; fue el 17 de enero a las 2.40" dijo el director general de Comercio e Industria de Bariloche, Sebastián Hernández.

Fuentes del municipio de la ciudad andina agregaron que la fiesta tuvo lugar el día 17 de enero pasado "en un domicilio particular; fecha en que fuera labrada el acta de infracción (N° 3650) por inspectores de la Secretaría de Fiscalización"

"Cabe remarcar que el Art. 274 de la Ordenanza 3207-CM-2021, aplicable al caso, establece una sanción de multa que va desde los $500.000 hasta los $3.000.000" según el comunicado publicado por la Dirección General de Comunicaciones de la Municipalidad de Bariloche.



"Es entendimiento del magistrado a cargo del Tribunal de Faltas N°1, para merituar la multa, la valoración de la conducta desplegada por los imputados al momento de constatarse el hecho y la desaprensión (entendida ésta como desprecio de los derechos de los demás), al realizar este tipo de eventos; haciendo caso omiso de estas restricciones, pese a la prohibición y estado de pandemia, generando así un riesgo para sí y para terceros", agrega.

El comunicado añade: "vale mencionar que la aplicación del mínimo legal debe reservarse para actuaciones similares en las que el infractor pueda acreditar, por cualquier medio de prueba, algún atenuante en su accionar. Como así también la aproximación al máximo de la multa, deberá aplicarse en aquellos casos en que se verifique un fin de lucro u organización publicitando el evento y concentrando gran cantidad de personas; entre otros elementos a valorar".

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