La receta bajo presión: por qué la libertad de prescripción protege al paciente
Entre recetas exigidas y evidencia clínica, la libertad de prescripción y la autonomía del paciente deben converger para cuidar mejor la salud.
El valor de la libertad de actuación profesional y de la objeción de ciencia es la garantías de calidad.
Archivo.En el consultorio de hoy conviven dos fuerzas que a veces parecen antagónicas: la libertad de prescripción del médico y la autonomía del paciente. La primera no es un privilegio corporativo, sino la garantía de que el profesional indique —o se niegue a indicar— lo que la lex artis considera idóneo. La segunda no es un poder de imponer, sino el derecho a participar, aceptar o rechazar propuestas compatibles con el propio proyecto de vida.
Se han vuelto frecuentes las solicitudes intensas: “doctor, vi en redes que tal fármaco hace milagros”; “mi hijo necesita antibióticos ya”; “si no me los da, voy a otro lado”. No se trata de descalificar esas inquietudes, pero la medicina no es obediencia debida a la demanda. Prescribir es un acto técnico y ético que exige idoneidad y finalidad curativa. Sin esos criterios, la relación sanitaria se vuelve teatral: gestos que no curan. Por eso sostengo que la libertad de prescripción es vicarial: protege algo ajeno al médico, la salud del paciente. Defenderla es resguardar que el profesional no se subordine a presiones externas que le dicten la receta.
La independencia de criterio no es un lujo; es una barrera de seguridad
¿Significa esto desconocer la autonomía del enfermo? Todo lo contrario. La autonomía importa: cada paciente puede aceptar o rechazar procedimientos. Pero no es cheque en blanco para exigir una intervención contraria a la evidencia o al criterio profesional. Si lo fuera, el médico quedaría reducido a mero ejecutor del pedido. La buena práctica exige diálogo, explicación de riesgos y alternativas y, cuando hace falta, decir no.
La consulta diaria ofrece ejemplos. Quien pide antibióticos para un resfrío o una sedación prolongada “para pasarla mejor” no persigue un fin terapéutico real. Tras explicar por qué la intervención es inadecuada o insegura, el profesional queda dispensado de actuar: no por capricho, sino para evitar la medicina complaciente. A esa negativa fundada la llamo objeción de ciencia: rechazar prácticas que se apartan de la evidencia para proteger la salud del propio paciente.
Este criterio no es una extravagancia. Distintas declaraciones y consensos recuerdan el valor de la libertad de actuación profesional y de la objeción de ciencia como garantías de calidad. También se afirma una distinción clave: a diferencia de la libertad de actuar del médico —irrenunciable por su función protectoria—, el consentimiento informado del paciente es renunciable, pero no se traduce en poder de imponer terapias contra fundamentos técnico-científicos.
¿Cómo se traduce esto en la consulta? En tres movimientos simples:
- Diagnosticar y explicar;
- Proponer —o descartar— una estrategia idónea;
- Escuchar el proyecto vital del paciente para ajustar la indicación sin traicionar la evidencia.
¿Y si persiste un pedido inapropiado? Se deja asentado, se ofrecen alternativas seguras y se declina intervenir en aquello que no ayuda.
No es cierto que autonomía y prescripción estén en guerra. Son vectores que deben converger en una decisión terapéutica. Cuando esa convergencia se rompe —por presión externa— se resiente la calidad del cuidado. La tarea es sencilla de enunciar y ardua de practicar: razón médica + diálogo honesto + respeto recíproco.
Ese es el camino justo.
* Federico G. Menéndez. Profesor de la Facultad de Derecho y Director de la Diplomatura en Derecho Sanitario de la Universidad Austral.



