La familia argentina y la nueva ley penal juvenil
La nueva ley obliga a preguntarnos qué falló antes del delito y qué responsabilidad tenemos como familias y sociedad para prevenirlo.
La ley penal marca un freno cuando la falta ya ocurrió, pero la verdadera prevención social se edifica mucho antes.
Archivo.La prom
La promulgación y reglamentación de la Ley Penal Juvenil (Ley 27.801) en Argentina han vuelto a colocar en la agenda pública un dilema tan doloroso como complejo. La fijación de la edad mínima de punibilidad a los 14 años y la derogación del antiguo régimen de la dictadura (Ley 22.278) no representan simplemente un ajuste técnico del código penal: es un espejo que nos interpela profundamente como sociedad y que nos obliga a mirar hacia la intimidad de nuestros hogares.
Aceptar la validez de esta discusión exige despojarnos de las respuestas automáticas para pensar profundamente en lo que estamos viviendo. ¿Estamos verdaderamente convencidos de que bajar la edad de imputabilidad resolverá el problema de la delincuencia juvenil? Plantear este interrogante no busca resolver el enigma de un plumazo, sino invitar a una reflexión necesaria: ¿dónde termina la inexperiencia propia del desarrollo evolutivo y dónde comienza la plena conciencia de la responsabilidad legal? Muchos podrán decir que los delincuentes tienen consciencia de la criminalidad de sus actos, tengan la edad que tengan. Es una postura válida. Pero mi cuestionamiento va un poco más allá, hasta preguntarnos ¿qué cosas hicimos mal como sociedad para tener niños y adolescentes delincuentes? ¿En qué fallamos? Porque indudablemente hay una falla en la familia que lo acogió desde el nacimiento, pero como sociedad tenemos una responsabilidad de no mirar para otro lado frente a estas negligencias parentales, porque se necesita la intervención de muchas manos para intentar revertir el daño causado.
Una discusión que va más allá de la ley
En los debates de comisiones del Congreso de la Nación, organismos como la Sociedad Argentina de Pediatría, Unicef y la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes remarcaron que el ingreso de un menor de edad en conductas delictivas suele estar antecedido por cadenas de desamparo: deserciones escolares tempranas, consumo problemático de sustancias y fallas en las redes de contención. Al mismo tiempo, el texto aprobado incorporó un punto donde la justicia y la dinámica familiar se cruzan de forma directa: la responsabilidad civil de los progenitores por los daños y perjuicios derivados de los actos ilícitos de sus hijos menores. Esta medida traslada al plano económico un principio central de la Orientación Familiar: el ejercicio de la patria potestad no puede desligarse de la supervisión, el límite y el acompañamiento cotidiano. Sin embargo, imputar la falla de manera exclusiva al entorno primario resultaría un análisis incompleto. Cuando un chico de 14 años cruza la frontera de la ley, queda al descubierto una quiebra previa en la construcción de la empatía y la noción del otro, pero también el colapso de las alarmas tempranas de la escuela y de las políticas públicas de minoridad.
La responsabilidad de las familias
En mi ciudad, una nena de 7 años perdió la vida al quedar atrapada con el cinturón de seguridad mientras dos ladrones robaban el auto en el que ella y su mamá viajaban. Ambos ladrones eran menores de edad. A uno de ellos, lo entregó su propio padre a la policía. Mientras afirmaba que era lo correcto por hacer, a la vez reconocía dolorosamente que su hijo estaba descarriado, que había abandonado la escuela y que hacía largo tiempo que él ya no sabía cómo contenerlo. ¿Dónde se halla la verdadera justicia en este caso? ¿Qué pudo haberse hecho antes? ¿Quiénes podrían haberlo hecho: la escuela, los padres, los vecinos, el Estado? ¿Sólo con la cárcel se hace justicia? ¿15 años en prisión van a hacer de esos jóvenes, adultos responsables y socialmente rehabilitados? Son preguntas profundas, de difícil respuesta, pero hay una sola verdad inalterable: a Kim Gómez nadie le devuelve la vida. Y esa sí es una condena perpetua, pero que la cumple su familia.
Prevenir antes que castigar
Es en este punto donde resulta indispensable interpelarnos hacia el futuro. Ante situaciones de negligencia, vulnerabilidad social o falta de control parental en nuestro entorno cercano, ¿nos quedaremos esperando que el Estado actúe como un Gran Hermano omnipresente que todo lo ve y todo lo soluciona? Pretender que la burocracia estatal reemplace el tejido afectivo y comunitario es una ilusión cómoda que nos exime de compromiso. Existe una responsabilidad social que nos pertenece a cada uno desde el lugar que ocupamos. La protección de las infancias no empieza en un tribunal ni en una comisaría: empieza en la mirada atenta del vecino que no es indiferente al chico del barrio a la deriva, en el docente que aloja con paciencia la duda de un alumno desorientado, en el club que abre sus puertas para contener y en los adultos que recuperan la autoridad amorosa dentro de sus casas.
La ley penal marca un freno cuando la falta ya ocurrió, pero la verdadera prevención social se edifica mucho antes. Exigir instituciones eficientes es un deber ciudadano, pero recuperar la capacidad de cuidar, involucrarnos y educar con el ejemplo en nuestra comunidad es una tarea que ninguna ley puede hacer por nosotros.
* Lic. Milagros Ramírez. cadafamiliaesunmundo.com
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