Jubilados: cómo mantener la prepaga o la obra social para no pasar a PAMI
Los jubilados son obligados a ser afiliados de PAMI aunque hayan hecho sus aportes a una obra social o prepaga. Cómo mantener las prestaciones.
Las personas que inician los trámites jubilatorios en general, pasan a PAMI.
Milagros Lostes / MDZCuando una persona comienza los trámites de la jubilación, en general, recibe una notificación de la obra social o prepaga avisando que a partir de ese momento será afiliado de PAMI. Sin embargo, los jubilados no están obligados a hacer el traspaso y existen acciones judiciales para mantener las prestaciones de salud.
De la prepaga o la obra social a PAMI
“Muchas veces las obras sociales o prepagas les comunican a las personas que se van a jubilar que pasan compulsivamente a PAMI y que no tienen más su prestación o que tienen que hacer una nueva contratación”, explicó la abogada Laura Cannizzaro a Radio MDZ.
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“Hay que ver cada caso, pero la Justicia tiene una acogida favorable cuando son tan groseras las violaciones de los derechos. Muchas personas se quedan sin cobertura. Esto se ha hecho moneda muy corriente”, agregó la letrada de Aguinaga Abogados.
Qué dice la jurisprudencia
Según Cannizzaro, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga tienen la obligación de continuar el contrato vigente con la persona que se está por jubilar y deben mantener el plan de salud en las mismas condiciones, respetando los costos, la cobertura de salud, y no pueden aplicar ningún tipo de carencia o copago.
“El valor de la cuota se debe efectuar con los aportes de Anses a la obra social o a la empresa de medicina prepaga más el mismo adicional correspondiente al afiliado que se venía pagando previo a jubilarse. La única diferencia es que, en vez de pagar el empleador a las obras sociales o empresas de medicina prepaga, ese monto lo pagará la Anses”, detalló la profesional en su página oficial.
Qué pasa con los jubilados
En general las empresas de salud de medicina prepaga y obras sociales le comunican al afiliado que al iniciar el trámite de la jubilación pasarán a tener la cobertura de Pami de manera automática y que en caso de querer mantener la cobertura de salud con la empresa, se debe cotizar la cobertura como una nueva afiliación.
Cuando los jubilados acceden a una nueva cotización suelen cambiar radicalmente las condiciones de contratación en perjuicio del afiliado “Muchas veces se triplica el valor de la cuota y hay importantes limitaciones de cobertura”, detalló la abogada.
Estas nuevas condiciones no tienen en cuenta que el afiliado derivó sus aportes a la obra social o prepaga durante toda su vida económicamente activa y que pagó los adicionales correspondientes en tiempo y forma.
La opción para no pasar a PAMI
“Las obras sociales y prepagas no tienen derecho a actuar de esa manera y están obligadas a mantener la cobertura vigente en las mismas condiciones previas a la jubilación cuando el afiliado así lo manifiesta”, dijo Cannizzaro.
“En estos casos el afiliado puede iniciar una acción de amparo, pidiendo una medida cautelar que le permita mantener la continuidad en la afiliación, con el mismo plan, conservando la antigüedad, sin carencias, ni aumentos, debiendo la empresa abstenerse de efectuar cualquier modificación en su condición de afiliado hasta tanto se dicte sentencia”, cerró.



