Deudores alimentarios: cuántos son en Mendoza y cuál es la nueva estrategia para que paguen
Mientras crece el número de inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, cada vez más mujeres son obligadas a pagar la cuota alimentaria que sus esposos adeudan a su expareja.
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M) es de acceso público y gratuito.
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M) contabiliza un total de 2.015 inscripciones al 27 de enero de 2026. La base de datos, que es de acceso público y gratuito, comprende a la 1ra, 2da, 3ra y 4ta. Circunscripción Judicial Mendoza.
La cuota alimentaria comprende el conjunto de todo lo que los chicos necesitan para vivir, educarse, vestirse, tener un lugar donde vivir, salud, entretenimiento y para que tengan un oficio o profesión.
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De acuerdo a la legislación vigente, la deben pagar ambos progenitores, sin importar con quien viva el niño. Los progenitores tienen la obligación de alimentar a sus hijos hasta los 21 años; o 25 años en caso de que el joven estudie y no se pueda mantener por sus propios medios.
La cuota alimentaria será proporcional a los ingresos del progenitor, y si bien no tiene un monto fijo, suele representar entre el 20% y el 30% del ingreso neto del progenitor. El momento en el que se paga lo acuerdan los progenitores o lo dispone el juez. Se puede pagar por mes, cada 15 días o por semana, por ejemplo.
La obligación se cumple cuando se paga una cuota en dinero. También se puede pagar en especie, por ejemplo, pagando el colegio, el club, la obra social, entre otros.
En Mendoza, al menos 2.015 progenitores no cumplen con su deber. Otros tantos no están judicializados, por lo que el número podría ser mayor. Si bien los deudores alimentarios pueden ser hombres o mujeres, el porcentaje de mujeres deudoras es excepcional; en su gran mayoría los deudores son hombres.
Medidas contra los deudores alimentarios
Actualmente, existen diversas medidas contra los deudores alimentarios para que los mismos regularicen su deuda. La primera suele ser el embargo, ya sea de haberes, cuando el deudor está en relación de dependencia, o de bienes registrables, como automotores, motocicletas o inmuebles. En cambio, cuando el deudor trabaja de manera informal o no posee bien, la situación es más compleja y las alternativas para regularizar la deuda se reducen.
Otra de las medidas habituales es la introducción en el Registro de Deudores Alimentarios. También hay disposiciones como multas económicas, la prohibición de salir del país, la prohibición de renovar la licencia de conducir, o restricciones a actividades deportivas o recreativas como la prohibición de ingreso a un club de fútbol, entre otras.
Ana Paula Martorelli, abogada penalista y especialista en Derecho de Familia, aseguró que las medidas no siempre son eficientes para compensar el nivel de deudores y aseguró que muchas de las cuotas han quedado desactualizadas en el tiempo. Sin embargo, destacó herramientas que han hecho más eficientes el proceso.
"Hemos tenido un gran avance a la hora de notificar a la otra parte, que era uno de los mayores problemas. Hoy está permitido notificar a la otra parte por WhatsApp, lo que nos habilita a que pueda ser más rápido. Esto permitió avanzar y no esperar que la otra persona reciba un papel", señaló la abogada en diálogo con MDZ Radio.
Martorelli también destacó otra estrategia implementada en el último tiempo: "Hoy se puede acceder más fácilmente al registro de movimientos de billeteras virtuales, el acceso a los movimientos de los bancos. Hoy, en la informalidad, o en el avance de medios tecnológicos, puedo tener un trabajo no registrado, pero en movimientos de billeteras virtuales muevo infinidad de plata y a la otra parte le digo que no tengo nada".
Nueva estrategia para que deudores alimentarios paguen
Para garantizar el derecho básico de niñas, niños y adolescentes, la Justicia endureció la postura ante los deudores alimentarios y buscó nuevas formas para que cumplan con su deber.
La figura del o la progenitora afín toma cada vez más protagonismo: la pareja del padre o madre que convive con el hijo, comparte el hogar e integra el grupo familiar, y que cuando el progenitor biológico deja de cumplir con la cuota alimentaria fijada por la Justicia, debe pagar la cuota alimentaria. Por esto, cada vez más mujeres son obligadas a pagar la cuota alimentaria que sus esposos adeudan a su ex pareja.
Hay distintos ejemplos. En marzo de 2025, la Justicia de Córdoba obligó a una mujer a pagar la cuota alimentaria que adeudaba su esposo. Este hombre, sin trabajo en blanco ni bienes a su nombre, no pagaba desde 2016. Tras casarse con otra mujer, la misma fue considerada "responsable solidaria" y obligada a responder con su patrimonio hasta que el padre acredite el cumplimiento sostenido de la cuota.
"Cuando los progenitores no cumplen nos vemos obligados a recurrir a distintos familiares que van en línea directa, como pueden llegar a ser los abuelos, o en estos casos, los progenitores afín, que es la pareja conviviente", describió Martorelli.
"Es novedoso porque es una herramienta procesal para ver si el progenitor en algún momento toma conciencia de que tiene un deber y que nada lo exime de cumplirlo. Cuando del lado que estamos demandando sabemos que hay una convivencia, que tiene un estilo de vida y ciertos accesos, y están incumpliendo, recurrimos a estas estrategias procesales para decir, vos no podés, pero puede con quien vos convivís", cerró.



