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ARCA: aumenta el piso de gastos para identificar a los consumidores finales

Se unificó el umbral que obliga a identificar a una persona en tanto consumidor final en los comprobantes, además de ampliar el importe de las operaciones que pueden respaldarse mediante el facturador
ARCA aumenta el piso de gastos Foto: NA
ARCA aumenta el piso de gastos Foto: NA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó una modificación importante en el sistema de emisión de comprobantes, elevando a $10 millones el límite a partir del cual será obligatorio identificar a los consumidores finales.

Esta disposición fue oficializada mediante la Resolución General 5700/2025, difundida este martes en el Boletín Oficial. Esta actualización se enmarca en el programa impulsado por el Gobierno nacional con el objetivo de fomentar la circulación de divisas no declaradas, comúnmente conocidas como “dólares en el colchón”, y se integra a un conjunto de reformas normativas promovidas por el organismo fiscal.

Entre los principales cambios está la unificación y ampliación del monto que obliga a individualizar al consumidor final en los comprobantes, así como el aumento del valor de las operaciones que pueden ser documentadas a través del sistema de “Facturador” para aquellos contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

El facturador está dentro de la app de ARCA. Fuente: Archivo

Nuevos montos

Hasta el momento, esta exigencia se aplicaba a partir de los $250.000 en operaciones abonadas en efectivo y desde los $400.000 para el resto de las modalidades de pago. Sin embargo, a partir del jueves 29 de mayo, será obligatorio consignar los datos del adquirente, locatario o prestatario en los comprobantes cuando el monto supere los $10.000.000 y se trate de un consumidor final.

Una vez superado ese monto, el vendedor deberá registrar los datos del comprador, incluyendo el CUIT, el CUIL o, en su caso, el DNI o pasaporte si se trata de un extranjero. 

Monotributo

Para los monotributistas, el límite para el uso de la herramienta de "facturador" se amplió a $500.000. En el caso de ser monotributista social, no se podrá emitir comprobantes a través de este sistema cuando el importe de la operación sea mayor a $250.000. 

Esta disposición se basa en el Decreto N.º 353, el cual establece la simplificación y desregulación de todos los procedimientos relacionados con la inversión y la compra de bienes, respetando los estándares, buenas prácticas, lineamientos y criterios vigentes, en concordancia con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina.