Cruzar la calle mirando el celular y manejar con ojotas: las infracciones de tránsito olvidadas en Mendoza

En Mendoza se actualizó la normativa de tránsito en 2017 y la reglamentación se dictó al año siguiente. La ley incluyó nuevas conductas y acciones pasibles de multa como manejar con ojotas, cruzar la senda peatonal mirando el celular o no usar casco en bicicleta.
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Sin embargo, en los controles policiales las infracciones más frecuentes tienen que ver con las luces bajas apagadas, la RTO vencida, circular con la licencia de conducir, el no uso del cinturón de seguridad y el nivel de alcohol en sangre por encima de lo permitido por la ley.
Desde el Ministerio de Seguridad, aseguraron que algunas infracciones no son frecuentes en Mendoza. “Son faltas puntuales que no son tan frecuentes. No son habituales ni por parte de los peatones, ni de los conductores, ni de quienes usan la vía pública en general”, explicaron.
“Por eso puede decirse, en cierta forma, que se vienen comportando bien los mendocinos y cumpliendo con la normativa vigente en ese tipo de faltas”, agregaron.
Las faltas infracciones de tránsito olvidadas
Cruzar la calle mirando el teléfono
Para muchos el celular es una extensión de la mano y lo utilizan todo el tiempo, más de una vez los peatones cruzan la calle contestando un mensaje o simplemente mirando la pantalla sin saber que están cometiendo una falta leve de tránsito cuya multa es de $42.000.
La ley es clara, en el artículo 18 del decreto 326 dice: “los peatones al momento de circular por la senda peatonal o por su prolongación imaginaria, no deben hacer uso de sistemas de telefonía móvil o análoga, auriculares, pantallas o monitores de video similares y cualquier otro medio de comunicación inalámbrico, o adaptado que influyere en la disminución de atención, como así también el envío o recepción de mensajería instantánea”.
Las dos manos en el volante
Otra de las infracciones que prevé la legislación y que parece olvidada es la de manejar con las dos manos en el volante, o el manubrio en el caso motos y bicicletas. La normativa dice: “Los conductores, en la vía pública, deberán circular con cuidado y precaución conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo, entendiendo como tal la conducción con ambas manos sobre el volante”.
Y establece solo dos excepciones: el momento de cambio de velocidad o circunstancias de fuerza mayor justificada. La norma aplica para motocicletas, cuatriciclos, cuatriciclos cabinados, triciclos, ciclomotores, motos eléctricas, bicicletas con o sin motor, o similar.
Es decir, que los conductores no pueden sacar las manos del volante para tomar mate, fumar, maquillarse o comer, entre otras y las multas para estas infracciones son de $42.000.
Prohibido manejar con ojotas
Manejar con ojotas o sandalias que no tengan el sostén que indica la ley también es una falta leve (multas de $42.000). “Los conductores deberán hacer uso de calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo a su mando.
Se entiende por calzado apropiado aquellos de tipo cerrado o que, siendo abiertos, sujeten la parte anatómica dorsal, plantar y lateral, con suela antideslizante que permita la sujeción a la goma de recubrimiento de los pedales”, especifica el artículo 19 del decreto 326/18.
No usar casco es falta gravísima
La normativa de tránsito establece el uso de casco -debidamente abrochado- obligatorio para todas las personas que circulan en ciclomotores, motocicletas, cuatriciclos, triciclos, cuatriciclos cabinados, motos eléctricas y todo otro vehículo de similares características. Esta infracción es gravísima y la multa es de $420.000
Adelantar un colectivo
Circular por las calles atrás de un colectivo suele ser un dolor de cabeza para los conductores y es muy habitual ver cómo aprovechan para hacer un adelantamiento cuando el ómnibus estaciona en las paradas. Esta peligrosa maniobra es una falta gravísima. Para la ley, solo está permitido adelantar a un colectivo en las zonas permitidas y cuando está en marcha.