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ARCA da más tiempo: bancos y empresas tienen hasta abril para reclamar devoluciones del impuesto PAÍS

A través del Boletín Oficial, el organismo extendió un mes más el plazo para que se declaren saldos a favor en el Impuesto PAÍS.
Para la devolución, se debe presentar un formulario de declaración jurada. Foto: Shutterstock
Para la devolución, se debe presentar un formulario de declaración jurada. Foto: Shutterstock

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5669/2025, mediante la cual extiende el plazo para que los agentes de percepción del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) puedan solicitar la devolución de saldos a favor.

Este procedimiento excepcional, permite a los agentes que hayan ingresado percepciones en exceso recuperar esos montos mediante compensaciones con el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

ARCA extendió el plazo hasta abril 2025 para que bancos y empresas reclamen devoluciones por pagos excedentes del Impuesto PAIS. El trámite se realiza mediante el sistema SICORE. Foto: Archivo

¿Cómo solicitar la devolución del saldo a favor?

Con la nueva resolución, los agentes de percepción podrán exteriorizar su saldo a favor a través del formulario F.744, correspondiente a los períodos de diciembre de 2024 y de enero a abril de 2025. Este trámite se realiza mediante el Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

Desde ARCA consideraron que "por razones de administración tributaria se estima oportuno extender el plazo para que los referidos agentes de percepción y liquidación exterioricen los mencionados saldos a favor del Impuesto PAIS".

ARCA estableció un nuevo plazo para que agentes de percepción soliciten la devolución simplificada de retenciones PAIS pagadas de más. Foto: Archivo

Vigencia de la medida

La Resolución General 5669/2025 entró en vigencia el 31 de marzo de 2025, fecha de su dictado. Desde ese momento, los agentes de percepción pueden gestionar la devolución de los saldos a favor bajo este mecanismo simplificado.

Para más información, los contribuyentes pueden consultar la normativa publicada en el Boletín Oficial o acceder a la página de ARCA.