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A partir de qué monto ARCA controla las transferencias en marzo

Conoce los nuevos montos y cómo afectan las transferencias bancarias y digitales.
ARCA establece nuevos montos de control para transferencias y movimientos bancarios: conoce los límites actualizados y qué operaciones deberán ser reportadas. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
ARCA establece nuevos montos de control para transferencias y movimientos bancarios: conoce los límites actualizados y qué operaciones deberán ser reportadas. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Arrancó marzo y la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó los límites a partir de los cuales supervisará las operaciones realizadas a través de homebanking y billeteras virtuales. Esta medida obliga a las entidades financieras y plataformas de pago a reportar información sobre determinados movimientos de saldo, gastos y transferencias de sus usuarios.

El ajuste en los montos responde a un mecanismo de actualización automática que se aplica cada seis meses, basado en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC). De este modo, los valores se modifican periódicamente para adecuarse a la evolución económica y garantizar un control efectivo de las operaciones.

Estos son los montos que vigila ARCA. 

Límites actualizados para las transferencias de marzo 2025

ARCA informó en su sitio web los nuevos montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras digitales están obligadas a reportar operaciones. Esta actualización, vigente desde el 1° de enero, seguirá aplicándose en los meses siguientes y se enmarca en la Resolución General 5512/2024.

Los montos establecidos son los siguientes:

  • $600.000: se informarán compras con tarjeta de débito dentro del país y movimientos totales de ingresos y egresos en billeteras virtuales.
  • $1.000.000: se deberá reportar la suma total de acreditaciones bancarias en un mes, depósitos a plazo fijo, extracciones de efectivo en el país y en el extranjero, y el saldo final en cuentas bancarias y billeteras digitales.
  • $2.000.000: aplica exclusivamente a billeteras virtuales, en el caso de transferencias bancarias o digitales que superen dicho monto.

Es importante destacar que estos límites no restringen la realización de operaciones por montos mayores. Sin embargo, establecen el umbral a partir del cual ARCA podrá requerir documentación respaldatoria que justifique el origen de los fondos, con el objetivo de garantizar su legalidad y correcta declaración.

Este régimen de información es de cumplimiento obligatorio para bancos, plataformas digitales y billeteras virtuales, quienes deberán reportar los movimientos que superen los límites establecidos.