Las reconocidas marcas de repelente que fueron prohibidas por la Anmat por ser "ilegales"
Este miércoles, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio de dos marcas de repelentes y de una serie de productos de limpieza por no contar con registros de establecimiento y de producto.
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En principio, el organismo dependiente del Ministerio de Salud prohibió "el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de origen nacional denominado 'repelente natural, en base de aceite de citronella, marca Mosquichau' en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos". Así lo hizo a través de la disposición 417/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La resolución se basa en la ausencia de registros de establecimiento y de producto, requisito obligatorio según la normativa vigente. La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud determinó que el repelente no cuenta con las garantías necesarias en cuanto a su eficacia, seguridad y formulación, ya que no se identificó el establecimiento responsable de su elaboración.
Las actuaciones se iniciaron a partir de notificaciones recibidas en el Sistema de Cosmetovigilancia de la Anmat, que detectaron la presencia del producto en el mercado sin la debida inscripción. La disposición oficial subraya que la prohibición busca prevenir posibles riesgos para los consumidores, dado que se desconoce la procedencia y los ingredientes utilizados en el repelente.
Por otro lado, la Anmat, mediante la publicación de la disposición 459/2025 en el Boletín Oficial, prohibió "el uso, la comercialización, la distribución en todo el territorio nacional y publicación en plataformas de venta en línea, del producto cosmético falsificado 'STOP! Repelente de insectos', 'LEGAJO N° 2695 MS Res N° 155/98', marca 'DR FARMA' en botella de PVC blanco/grisáceo, con válvula translúcida estriada".
Finalmente, el organismo dirigido por Nélida Agustina Bisio dispuso la prohibición de la comercialización de una serie de productos de limpieza, como aromatizantes, limpiadores, acabados de superficies, desengrasantes y desinfectantes de superficies, por no se estar "inscriptos ante la ANMAT" y no indicar el "establecimiento responsable habilitado por esta Administración".
"Prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todas las presentaciones de los productos formulados identificados como aromatizantes, limpiadores, acabados de superficies, desengrasantes, desinfectante de superficie; y todo otro domisanitario de la marca 'Edison', hasta tanto se encuentren debidamente regularizados", ordenó la Anmat mediante la disposición 465/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

