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AFIP controla billeteras virtuales: ¿a partir de qué monto se notifica en septiembre?

El organismo fiscal controlará los movimientos de los usuarios cuando alcancen cierto monto.
Las billeteras virtuales no están exentas de controles Foto: Mercado Libre
Las billeteras virtuales no están exentas de controles Foto: Mercado Libre

A partir de septiembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) empezará a supervisar a los usuarios de billeteras virtuales  que realicen transacciones que superen los $400.000.

Esta medida fue establecida por la Resolución General N° 4298, que también especifica que, para evitar notificaciones en los saldos mensuales, las transacciones no deben exceder los $700.000.

Esto implica que las empresas administradoras de billeteras virtuales, como por ejemplo Mercado Pago o Ualá, estarán obligadas a notificar ante AFIP las operaciones de clientes, cuando estas superen el monto de $400.000, con el objetivo de prevenir maniobras de lavado de activos.

En esa línea, el ojo estará puesto tanto en los egresos de dinero como en los ingresos. Superar el monto podría hacer al usuario pasible de pedidos de documentación respaldatoria, que justifique el origen de los fondos.

AFIP agudiza controles. Foto: Archivo MDZ

¿Qué pasa con las tarjetas de crédito y los consumos?

La norma rige también para tarjetas, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales. En el caso de las tarjetas de crédito, el límite para los consumos en el país, sin que se informe a la AFIP, es de $400.000 de forma mensual. 

En cuanto a los plazos fijos, las entidades financieras deberán dar cuenta a la AFIP de los movimientos cuando el monto total acumulado realizado en un mes, alcance o supere los $700.000.