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El dato alentador sobre las residencias médicas en Mendoza

El gobernador Alfredo Cornejo brindó detalles de la cantidad de profesionales que quieren entrar en el sistema de residencias que brinda el sistema de salud. El aumento de aspirantes es alentador.
A partir de la nueva ley de residencias en Mendoza aumentó más de un 68% la cantidad de aspirantes profesionales Foto: imagen de archivo / Alfredo Ponce/ MDZ
A partir de la nueva ley de residencias en Mendoza aumentó más de un 68% la cantidad de aspirantes profesionales Foto: imagen de archivo / Alfredo Ponce/ MDZ

El gobernador Alfredo Cornejo anunció un aumento significativo en la cantidad de aspirantes profesionales a las residencias en Salud en comparación con los números registrados en el 2023. Entre los interesados se encuentran profesionales de especialidades como terapia intensiva, pediatría, clínica y medicina de familia.

"Gracias a la nueva ley de residencias en Mendoza logramos aumentar más de un 68% la cantidad de aspirantes profesionales para realizar sus residencias en Salud, en comparación con 2023. Además, tenemos muchos aspirantes en especialidades que el sistema necesita como terapia intensiva, pediatría, clínica y medicina de familia, situación que rompe la tendencia de muchísimos años", destacó el gobernador de Mendoza. 

El porcentaje de aspirantes que dio a conocer el gobernador de Mendoza

"Son 515 los profesionales en condiciones de rendir el examen que les permita iniciar su especialidad y a los cuales estamos agradecidos por la confianza. El Plan de Salud 2024-2030 está dando sus frutos, en beneficio de todos los mendocinos y de nuestro valioso personal de salud", agregó Cornejo.

En detalle

A fines de abril de este año, se otorgó sanción final al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, por el cual se establece el sistema de Residencias Formativas. Los objetivos de la norma -que forma parte del Plan Provincial de Salud que tiene más de 20 cambios planteados- son “mejorar la formación de profesionales, incentivar las residencias que más necesita el sistema, cuidar a los profesionales que están en su proceso de formación y uniformar las características de las residencias públicas con las privadas”. También "busca “acortar la formación, manteniendo el mismo nivel de calidad, se posibilita el pago adicional a aquellas residencias que formen profesionales considerados críticos y se unifican las condiciones con los privados”.

De acuerdo a la fundamentación, la Ley provincial 7.857 trajo consigo la organización sistémica de las residencias formativas para profesionales de la salud, que hasta el 2008 se encontraba regulada en forma dispersa. Esto permitió la creación del Sistema que persiste hasta la actualidad. Se trata, en definitiva, de “alinear la formación de postgrado que suponen las residencias con las necesidades profesionales actuales y las demandas del Sistema de Salud de la Provincia de Mendoza”, que “implica lograr un impacto directo en la salud de la población, que es en definitiva nuestra mayor ocupación”.

Las Residencias de primer nivel serán aquellas a las que se accede con el título universitario, sin que se requiera formación previa de postgrado, tendrán un Ciclo “Formativo- Prestacional”, o bien un Ciclo “Formativo- Prestacional” más un Ciclo “Comunitario” y su duración estará determinada por el Programa de Formación que resulte aplicable, con una duración máxima de 5 años.

Las de segundo nivel, son las que requieren para ingresar la certificación de haber completado una Residencia de primer nivel, oficial o reconocida oficialmente, o tener una especialidad certificada por el Consejo Deontológico de la Provincia, y contará únicamente con el Ciclo “Formativo- Prestacional”.

Asimismo, contempla la modalidad de las Residencias, que podrán ser articuladas o integradas; los requisitos para postularse a concurso de ingreso al Sistema de Residencias, y las condiciones de apertura de residencias para lo cual se ponderará la razonabilidad, conveniencia u oportunidad.

De la misma manera, dispone que los Servicios que posean Residencias en desarrollo deberán ser acreditados y luego re acreditados como máximo cada 5 años, para poder seguir manteniendo su condición de Sede de Residencia.

Para favorecer el desarrollo de determinadas Residencias o el asentamiento de los futuros egresados, el establecimiento o el municipio donde éste se localiza, podrá otorgar alojamiento permanente y comida, a los Residentes y jefes de Residentes cuyo domicilio real se ubique a gran distancia de dicho establecimiento, conforme a los parámetros que establezca la reglamentación. La normativa incluye también una clasificación de los Niveles Jerárquicos, las funciones, deberes, obligaciones y derechos de los residentes, entre otros aspectos.