El Gobierno dispuso que el Ministerio de Seguridad se encargue del Sistema Federal de Manejo del Fuego
El Gobierno de Javier Milei sigue realizando cambios en el Gabinete de ministros. Este lunes, el mandatario de la República Argentina publicó un decreto que modifica, nuevamente, la Ley de Ministerios. En ese marco, el presidente ordenó que el Sistema Federal del Manejo del Fuego esté a cargo de la cartera de Seguridad.
En medio de los incendios en el Parque Nacional Nahuel Huapi, este lunes, el presidente publicó el decreto 1136/2024 en el Boletín Oficial. En el mismo, el Gobierno dispuso que el Sistema Federal de Manejo del Fuego pase de estar a cargo de la Secretaría de Ambiente -antes Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible- a depender del ministerio de Seguridad, comandado por Patricia Bullrich.
“El sistema Federal de Manejo del Fuego tiene como objetivos generales proteger y preservar el medio ambiente del daño generado por los incendios, velar por la seguridad de la población en general y de las personas afectadas al combate de incendios y establecer mecanismos para una eficiente intervención del Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios que aseguren el adecuado manejo del fuego”, se lee en el considerando del documento oficial.
Luego, el presidente afirma que “atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD y los objetivos y finalidades asignados a los precitados Sistemas resulta necesario adecuar las competencias asignadas a dicho Ministerio”. Asimismo, indicó que, “con el fin de lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, resulta necesario que el Servicio Nacional de Manejo del Fuego forme parte del mismo”.
De esta forma, Javier Milei, en acuerdo general con los ministros, decretó suprimir el inciso “96 del artículo 16 del Título V de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias”. En cambio, se incorpora al artículo 22 bis como inciso 25 de la normativa lo siguiente: “Entender como Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley de Manejo del Fuego Nº 26.815”.
En consecuencia, se ordenó la creación del Sistema Federal de Manejo del Fuego en el ámbito del Ministerio de Seguridad, “que estará integrado por el Servicio Nacional de Manejo del Fuego dependiente de la Autoridad Nacional de Aplicación de esta ley, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES”.
Finalmente, declara que el “Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil estará integrado por el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, el Consejo Federal de Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil y el Servicio Nacional de Manejo del Fuego”.