Navidad, festejo y alcohol: de cuánto son las multas por manejar alcoholizado
La Navidad es un momento de festejo, celebración y reencuentro. También asociado al brindis y, en ese sentido, también riesgos y prohibiciones. El consumo de alcohol está íntimamente asociado a las fiestas y con eso el riesgo al conducir porque se potencia la posibilidad de incidentes. Mendoza no tiene tolerancia cero, pero sí se endurecieron algunas sanciones para los casos graves.
Por las fiestas habrá más controles. Entre otras cosas, se destinaron más de 2 mil policías para los puestos de control. Someterse a los controles de alcoholemia es obligatorio, pues la misma ley lo estipula.
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En Mendoza, a diferencia del resto del país, no hay tolerancia cero al consumo de alcohol. Pero sí márgenes chicos.
Para los automovilistas convencionales el margen de tolerancia es de 0,5 o 500 miligramos de alcohol por litro de sangre. En el caso de los conductores de "bicicletas con o sim motor, motocicletas o ciclomotores" está prohibido circular con más de 200 miligramos de alcohol en sangre o 0,2 según el registro de los alcoholímetros.
Para los choferes profesionales, sí hay tolerancia cero. La ley establece que está prohibid manejar "en automóviles, bajo los efectos del alcohol, con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro en sangre". "Para quienes conduzcan bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre. Para los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, se dispone que deban conducir con tasa de alcoholemia cero gramos por litro en sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado", dice la ley.
Las sanciones son graves. Este año se modificó la escala de sanciones, en especial para quienes tengan más de 1 gramos por litro de sangre. La nueva legislación impone que los conductores que presenten alcoholemia igual o superior a un gramo por litro de sangre enfrentan multas económicas que van desde 508.000 hasta 1.397.000 pesos, equivalentes a 4.000 hasta 11.000 Unidades Fijas. Esa Unidad se actualiza el 1 de enero con montos mucho más elevados.
Pero lo más grave es que puede haber arresto. Las sanciones también incluyen arresto de hasta 120 días e inhabilitación obligatoria para conducir vehículos, que puede variar de 90 a 545 días. La normativa establece que la inhabilitación para conducir debe cumplirse obligatoriamente y que el pago de la multa no exime ni reduce la duración de dicha pena.
En cuanto al operativo de seguridad, estará centrado en zonas comerciales, residenciales, de recreación y esparcimiento y accesos principales. También se intensificarán los controles viales para prevenir accidentes y controlar el consumo de alcohol al volante. También se incrementará la presencia policial en rutas, con patrullajes adicionales y puestos dinámicos en puntos estratégicos.
Multas más duras
Desde el 1 de enero las sanciones serán más duras por las actualizaciones. Quienes superan de 0,2 en el caso de bicicletas con o sin motor, motocicletas y o ciclomotores y de 0,5 en el caso de automóviles a 0,99 gramos de alcohol en sangre, las penas son inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas entre $ 1.260.000 y $ 2.520.000, equivalentes a 3.000 hasta 6.000 Unidades Fijas, y retención de licencia de conducir. Con más de 1 gramo de alcohol en sangre, la falta establece multas económicas que van desde 1.680.000 hasta 4.620.000 pesos, equivalentes a 4.000 hasta 11.000 Unidades Fijas. Las sanciones también incluyen arresto de hasta 120 días e inhabilitación obligatoria para conducir vehículos, que puede variar de 90 a 545 días.
Para las infracciones en general también hay actualizaciones. Las multas leves cuestan 42.000 pesos (100 UF); las graves, 294.000 (700 UF); las gravísimas, 420.000 pesos (1000 UF), y el concurso, cuando el conductor comete dos o más faltas, tiene un valor de 630.000 pesos (1500 UF)