Bloqueo de redes sociales por deuda alimentaria: ¿una medida efectiva?
La justicia de Rosario ordenó bloquear las redes sociales de un padre como parte de un proceso legal por el incumplimiento de la cuota alimentaria de sus hijos. Conocé los detalles de esta resolución.
Abundan los casos de deudores alimentarios y son muchas las medidas complementarias que utiliza la Justicia. Esta vez, hay una que llama la atención ya que la justicia de Rosario dictó una resolución en la que se ordena el bloqueo de las redes sociales a un padre que incumplió con el pago de la cuota alimentaria de sus hijos.
La medida se suma a otras ya implementadas y tiene como objetivo persuadir al padre para que cumpla con su obligación, y no se trata simplemente de restringir su acceso a las redes sociales. "Lo importante no es que no pueda entrar a sus redes sociales, sino que se ponga al día con la cuota, porque eso es lo que corresponde con lo que se ha establecido por ley", explicó Sebastián Navas, abogado de la demandante, en diálogo con MDZ Radio 105.5 FM.
Navas detalló el proceso legal que llevó a esta resolución. "Hay tres expedientes iniciados. Primero, un pedido de cuota provisoria en el año 2021, donde se solicita al tribunal que se fije una cuota para afrontar los gastos que demande la sustanciación del proceso. Con ese expediente se dictó una resolución provisoria y fue iniciado contra el progenitor, y contra el abuelo, o sea, el papá del progenitor. La Justicia hizo lugar al planteo y fijó una cuota provisoria embargando el sueldo del abuelo porque es el único que se acreditó que tiene una actividad".
Luego, "se inicia el proceso principal y ahí se convierte esa cuota provisoria en definitiva, haciendo lugar también a la demanda", señaló Navas. A partir de ahí, se dio lugar a un tercer expediente en el que se solicitó el reembolso de los alimentos históricos, es decir, los gastos que la madre había asumido sola debido a la falta de colaboración del padre. "Esa demanda se hace lugar, se dicta sentencia, queda firme y no fue cumplimentada por el demandado", destacó el abogado.
La deuda acumulada, que asciende a casi $1 millón, no fue saldada por el demandado, lo que motivó la solicitud de nuevas medidas cautelares. "A raíz de ello llega una planilla del capital adeudado, más los intereses, que hoy asciende aproximadamente casi $1 millón. Notificado de ello, tampoco cumple y entonces solicito como medida cautelar una inhibición, primero, que se ordena y se traba", explicó Navas quien además resaltó que el padre nunca se hizo presente para dar alguna explicación o gesto de querer resolver la situación de deudor alimentario.
Fue en este contexto que se solicitó la medida de bloqueo de redes sociales, un recurso que Navas pidió para "persuadir a esta persona para que afronte por lo menos la deuda histórica". El abogado detalló el razonamiento detrás de esta medida: "Yo considero que el tiempo que esta persona se presume utiliza para las redes sociales, que no genera ningún aporte, nunca ha contribuido a nada, lo debe aplicar a buscar una actividad para satisfacer la necesidad de los chicos".
El fallo judicial también subraya el derecho de los niños a una vida digna, y la falta de colaboración del padre fue considerada un acto de violencia económica contra la madre. "Se hizo lugar en base a nuestros fundamentos y también en base al fundamento que la propia jueza invoca en sus considerandos, donde dice que se debe respetar el derecho de los chicos, en base a la convención de los derechos del niño, el derecho a una vida digna, a alimentarse", explicó Navas, quien resalta especialmente el enfoque en la violencia económica. "Hace hincapié, y yo eso lo resalto, en que esta desatención del papá ha representado para la mamá, al asumir exclusivamente la cooperación de los alimentos, un supuesto de violencia económica contra la mujer al verse disminuidos sus ingresos y no obtener la colaboración".
En este último fallo, el bloqueo de las redes sociales se complementa con otras sanciones, como la inscripción en el registro de deudores alimentarios, la prohibición de asistir a espectáculos deportivos y el retiro del carnet de conducir.