La opinión de especialistas sobre el polémico fallo de una jueza de Palmira
El Juzgado de Palmira condenó a unos padres por faltar a la escolaridad de sus hijos y los obligó a hacer Biodescodificación. Qué opinan especialistas sobre fallos sin evidencia científica.
En una decisión sin precedentes, el juzgado de Palmira de Mendoza se convirtió en el primero en implementar la justicia restaurativa, una herramienta para abordar conductas contravencioales, mediante la Biodescodificación. La jueza de Paz, Verónica Guevara Sisti, aplicó esta técnica en su fallo para condenar a padres por la reiterada ausencia escolar de sus hijos. La medida busca no solo sancionar, sino reparar vínculos y resignificar situaciones, marcando un hito en el ámbito judicial cuestionado por la falta de evidencia científica.
La jueza Verónica Guevara Sisti, con formación en el área de la justicia restaurativa, explicó en declaraciones a medios mendocinos que el enfoque del fallo busca la reparación del vínculo familiar y la resignificación de situaciones, alejándose de las sanciones tradicionales como multas o arrestos. El Código Contravencional establece como falta la inasistencia escolar en su artículo 99 y aplica la responsabilidad sobre padre, madre o tutores a cargo del menor.
Por esos motivos, el Juzgado de Palmira con Sisti a la cabeza, decidió condenar a estos padres por la reiterada inasistencia escolar de sus hijos y propuso un proceso de reflexión profunda a través de sesiones de Biodescodificación. En Mendoza es la primera vez que se aplica un fallo de estas características pero según los datos del propio Juzgado, en otras partes del país se ha implementado como penalización a 150 familias logrando reducir la reincidencia en un 80%. Sin embargo, esto es cuestionado por diferentes profesionales que aducen la falta de responsabilidad al utilizar una técnica sin evidencia científica para impartir justicia.
La Biodescodificación es una aproximación terapéutica que busca identificar y abordar las posibles raíces emocionales y mentales de las enfermedades o patrones de comportamiento. Esta práctica, se relaciona principalmente con la Nueva Medicina Germánica, una teoría desarrollada por el médico alemán Ryke Geerd Hamer y está basada en la idea de que ciertos síntomas físicos y emocionales pueden tener un origen en experiencias traumáticas, conflictos no resueltos o patrones de pensamiento negativos.

La psicoanalista Carolina Sosa, explicó a este medio que “las terapias alternativas avanzan en la actualidad frente a la necesidad de dotar de sentido el padecimiento humano. Esta modalidad tiene como sujeción que las respuestas siempre están dadas por otros, no implican una construcción o elaboración fruto de un trabajo y por ende no hay cambios subjetivos”. Independientemente del caso puntual, la profesional aseguró que “es necesario por parte de nuestra comunidad profesional abrir una discusión más amplia en torno a este tipo de prácticas”, y argumentó que esto pone en riesgo a los profesionales de la salud y a la comunidad en general. “La legitimación de determinadas terapéuticas faltas de argumento y abordajes criteriosos, ponen en evidencia el cuestionamiento del rol y formación del profesional de salud, estableciendo un riesgo para la comunidad en general”, manifestó en relación a la Biodescodificación.
Asimismo, la psicoanalista reflexionó en torno al contexto en el que se da esta situación y sostuvo que “se trata quizás de poder pensar en función de qué intereses proliferan estos discursos que resultan perniciosos, avalados por organismos públicos ajenos a la salud, en momentos en donde se está revisando la ley de salud mental frente a cuestionamientos que se creían ya superados. Es importante considerar que ningún dispositivo de salud, ni práctica alguna se desentiende de su contexto social, económico y político”.

En el mismo sentido que Sosa, el Subdirector de Niñez, Adolescencia y Familia de la Dirección de Derechos Humanos de la Suprema Corte, Javier López Maida, cuestionó el fallo que obliga a la familia a hacer Biodescodificación y señaló que “la justicia restaurativa tiene que ver con una corriente, de pensamiento que se utiliza mucho en el en derecho penal y tiene que ver con cierta determinadas conductas que tienden a restaurar situaciones para que, en definitiva, el estado de situación que se tornó reprochable sea de alguna manera subsanado para la sociedad”. Tomando el caso del fallo, el letrado ejemplificó que “si a un padre que no manda un hijo a la escuela porque no tiene dinero para el colectivo le impones tener que pagar una multa de X cantidad de unidades tributarias, ni va a pagar la multa ni va a mandar a los hijos de la escuela. Entonces, las cuestiones alternativas a la resolución de estos conflictos no tienen nada que ver con lo Penal".
Sin embargo, el especialista en Niñez, Adolescencia y Familia objetó que “cuestiones que no tiene evidencia científicas sean aplicadas por la justicia, eso no va. Yo no veo que una cuestión que no tiene ningún asidero en la ciencia pueda implementarse para obligar a una persona que lo haga”. El Código Contravencional no permite suspensiones de juicio de prueba que implica sanciones del tipo “ir a hacer un aporte de litros de leche a los hospitales o a un hogar, o pintar el Hogar Santa Marta de ancianos”, explicó el abogado.

Además, el problema es que se trata de “un código a todas luces inconstitucional, pero fue declarado constitucional y penaliza situaciones que muchas veces tienen que ver con lo social y no con lo Penal”, dijo el especialista y agregó que “no te deja muchas opciones o te absuelven o te condenan y no te permiten el derecho de defensa. La única cosa que se puede hacer es la que vos hagas por tus propios medios. Ósea, tu autodefensa, sin ser abogado”. Para finalizar, López Maida volvió a cuestionar el fallo. “Yo no sé cómo le ha ido a la doctora Guevara Sisti con esto, en la resolución del conflicto específico, pero que te obliguen a ir a hacer algo, que no ha sido reconocido científicamente a mí me parece que no está bien”, concluyó.

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