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Devolución del IVA: ¿aplica si pago con billeteras electrónicas?

El beneficio está contemplado para los pagos que se realicen con tarjeta de débito, sin embargo hay una manera de aplicar aunque se haga de forma virtual.

MDZ Sociedad
MDZ Sociedad lunes, 18 de septiembre de 2023 · 15:00 hs
Devolución del IVA: ¿aplica si pago con billeteras electrónicas?
El tope de reintegro es de $18.800

El programa Compre sin IVA, que permite devolver este tributo en adquisiciones de productos de la canasta básica, comenzó a regir hoy en todo el país, en cumplimiento de la resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía. La medida se publicó el sábado en una edición extraordinaria del Boletín Oficial junto a la reglamentación dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la resolución general 5418/2023 y establece la devolución de la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica, afectados en su mayoría por una alícuota del 21%, y tiene un tope de reintegro mensual de $ 18.800.

En cuanto al universo de beneficiarios, abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos. De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados. 

También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo. Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.

Hasta ayer el reintegro -de sólo 15 puntos porcentuales del IVA- regía únicamente para jubilados de hasta tres haberes mínimos (con tope de $ 18.000 mensuales), beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH), por embarazo (AUE) y pensiones no contributivas, con techo, en estos tres últimos casos, de $ 4.056. 

La acreditación se va a ver reflejada entre 24 y 48 horas después de la compra.

¿Se puede acceder al beneficio a través de billeteras electrónicas?

Para acceder al beneficio se debe abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR en las que se elija la tarjeta de crédito, no con el saldo en cuenta. Por ejemplo, si el pago se hace a través de MODO o Mercado Pago, se debe, una vez escaneado el código QR, elegir la opción de pagar con la tarjeta de débito.

Luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17.

Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador "Reintegro programa Compre sin IVA". Se puede acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

La iniciativa se extiende hasta el 31 de diciembre próximo, y busca "mejorar el ingreso disponible y, consecuentemente, la capacidad de compra de los sectores más vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad, la totalidad o gran parte de los ingresos".

La medida, que devolverá el 21% del IVA de los productos de la canasta básica, tiene un tope de devolución de $ 18.800; y abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.

De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados. También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

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