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Una jueza rechazó un pedido de gestación por sustitución al advertir una particular situación

La magistrada detectó que la mujer gestante no tenía parentesco ni vínculo de afectivo previo con la pareja que buscaba un hijo. No tenía trabajo y se encontraba en una situación de alta vulnerabilidad. Finalmente, ante las preguntas del tribunal, admitió que lo hacía "por necesidad".
Una jueza rechazó con fuertes argumentos un pedido de gestación por sustitución y pidió la regulación legislativa para esta metodología de reproducción Foto: Shutterstock
Una jueza rechazó con fuertes argumentos un pedido de gestación por sustitución y pidió la regulación legislativa para esta metodología de reproducción Foto: Shutterstock

La jueza de Familia de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba, María Belén Mignon, rechazó esta semana un pedido de gestación por sustitución realizado por una pareja junto a la madre subrogante, cuando detectó en esta mujer se encontraba atravesando una particular situación.

En la causa que tenía que resolver, se había solicitado llevar a cabo la técnica de reproducción humana asistida denominada gestación por sustitución, pero para la magistrada, el vínculo que se daba entre la pareja que buscaba tener un hijo y la mujer que ofrecía el vientre subrogado, no era simétrico. Es decir, no se cumplía con "los estándares mínimos de simetría necesarios para que este procedimiento sea legítimo".

Entre los fuertes argumentos en el que basó su resolución judicial, la jueza expresó que entre la pareja comitente y la mujer gestante no existía "lazo de parentesco ni vínculo de afectivo previo", sino solo “una vinculación contractual-comercial”. Además, detalló que esta persona “no tiene trabajo en blanco” y consideraba que estaba “trabajando” para la pareja. Asimismo, advirtió “una situación de sumisión, miedo a no "cumplir" con la actividad a la que fue convocada y dijo "temer por su propia salud y futuro laboral”. 

La pareja -junto a la madre gestante- había solicitado la autorización para realizar la práctica médica al tiempo que plantearon en su recurso "la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación". Dicha norma establece que las personas nacidas por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que prestó su consentimiento. 

La jueza en su resolución judicial exhortó al Poder Legislativo para que regule la técnica de gestación por sustitución a fin de superar las dificultades que provoca el vacío legal. Foto: Archivo

Ante los datos recabados por la jueza Mignón, la petición fue rechazada al considerar: "No se advierte la gratuidad ni siquiera el ánimo altruista de dicha práctica" por parte de la mujer gestante. “Ha sido categórica que lo hace ‘por necesidad’. No existe vínculo afectivo, tampoco de cercanía que una a las personas involucradas en dicha técnica; no se ha garantizado el cuidado mínimo de salud mental en relación a la persona gestante; no cuenta con obra social, ni tratamiento psicoterapéutico”, enfatizó la resolución judicial.

Según recordó la magistrada, "el altruismo es un requisito fundamental, como también la salud física y psíquica la madre gestante, y el interés superior del niño. Estos requerimientos no fueron garantizados". Y agregó: "Por el contrario se observa “la falta de autonomía plena de la persona gestante y la vulnerabilidad social que ella presenta, siendo la práctica puramente comercial”.

Falta de regulación

Un párrafo aparte merece un pedido que la magistrada incluye en su resolución judicial ante la falta de regulación normativa con relación a la gestación por sustitución. “Abrir la comercialización de la capacidad reproductiva sin ningún tipo de salvedad, cuidado y acompañamiento conllevaría a una peligrosa ecuación que excede a un juzgado de familia y que deberá dirimirse a nivel legislativo”, subrayó. Es por esto, que "exhortó al Poder Legislativo para que regule la técnica médica de gestación por sustitución a fin de superar las dificultades que provoca el vacío legal y salvaguardar los intereses de las personas más vulnerables".