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Accidente fatal en La Barraca: quién es responsable por lo que sucede en playas de centros comerciales

Romina Ríos, presidenta de Protectora, explicó de quién es la responsabilidad por los incidentes que ocurren dentro de las playas de estacionamiento en los centros comerciales y cómo actuar en estos casos.
Qué hacer en caso de incidentes en los estacionamientos de los centros comerciales. Foto ilustrativa Foto: Shutterstock
Qué hacer en caso de incidentes en los estacionamientos de los centros comerciales. Foto ilustrativa Foto: Shutterstock

Una mujer murió tras sufrir un accidente en la playa de estacionamiento del mall La Barraca, de Guaymallén, y la conductora que la atropelló fue imputada por el delito de “homicidio culposo”.

Ante esta situación, Romina Ríos –presidenta de Protectora– explicó en MDZ Radio de quién es la responsabilidad por los incidentes que ocurren dentro de las playas en los centros comerciales.

“En términos generales, la primera respuesta que se debe dar en cuanto a la responsabilidad de hechos sucedidos en las playas de estacionamiento o lugares ofrecidos por supermercados, shoppings, espacios de compra, siempre es del lugar que ofrece el servicio, forma parte del establecimiento”, expresó en Tardes de Frente.

“Lo que tenemos que diferenciar es que no todos los casos entran en este genérico de responsabilidad. En este caso (el de la mujer atropellada en La Barraca), va de la mano de una persona particular que no tiene relación con el shopping. Es responsabilidad de esta persona en particular”, detalló.

La víctima del accidente en La Barraca, Carina Aguilar.

Ríos explicó que “en caso de robo a las pertenencias dentro de un vehículo o daños, o cualquier infortunio que pueda pasar, en ese caso la responsabilidad es de este proveedor, porque brinda ese lugar para mayor confort para realizar las compras. Lo que pase dentro de ese predio, es responsabilidad de ese supermercado”.

También señaló que “es lo mismo si estás adentro o afuera, lo que se dificulta es la prueba. Afuera no todos tienen cámaras de seguridad privada, barrera de acceso con ticket que prueba que entraste o saliste, pero la responsabilidad es la misma”.

“Primero y principal, lo ideal es la inmediatez, no dejar pasar tiempo. Si descubro que me robaron, que falta algo, primeramente ir ante el encargado del lugar y poner el reclamo para que lo dejen asentado. El libro de quejas es lo que me permite dejar asentado lo que pasó. Ahí deberían – pero no lo hacen – mostrarnos las cámaras de seguridad”, remarcó.

Y agregó: “La empresa niega la responsabilidad o la va dilatando. Inmediatamente vamos a hacer la denuncia a la Fiscalía. Necesitamos dejar constancia del hecho. Al ser un lugar privado no siempre se dispone de la movilidad policial para que vayan al lugar. Es complicado, pero tenemos que dejar asentado el día, la fecha y la hora, para iniciar nuestro reclamo ya sea en defensa del consumidor y si agotamos esa vía ya pasamos a la vía judicial”.

Además, aclaró que “para reclamar este tipo de hechos no hace falta mostrar la relación de consumo, porque vos dejaste el auto y no hace falta que compres, no vas a reclamar el producto en sí sino el deber de seguridad de los proveedores”.

“No hay protocolos. El supermercado tiene el deber de responsabilidad; si el seguro que contrataste te repone el vehículo o los elementos, es otro tema. Pero el supermercado igual es responsable por la Ley de Defensa al Consumidor”, insistió y añadió: “No importa dónde esté la playa, pero tiene que estar habilitada. Si es la vía pública, no habría responsabilidad del local”.

Finalmente, explicó que “en el caso de la mujer en La Barraca, se trata de un tercero por el que el shopping no tiene que responder”.