Ley Ómnibus

Las modificaciones esenciales que propone la ley ómnibus sobre la Ley Micaela

Los dos puntos clave que Milei propone derogar en la ley ómnibus hacen a la esencia y génesis de la Ley Micaela. Especialistas aseguran que se trata de un retroceso en materia de género: los motivos.

Micaela Blanco Minoli
Micaela Blanco Minoli jueves, 28 de diciembre de 2023 · 23:50 hs
Las modificaciones esenciales que propone la ley ómnibus sobre la Ley Micaela
Las capacitaciones solo serán obligatorias para organismos competentes y se elimina la temática de género Foto: Shutterstock

Una de las leyes que modifica la ley ómnibus enviada por Javier Milei al Congreso en el día de ayer es la Ley Micaela, gestada en memoria de Micaela García, quien fue violada y asesinada en abril del 2017 por Sebastián Wagner, que al momento del femicidio estaba en libertad condicional por la violación de otras dos mujeres. Con las modificaciones propuestas por el Gobierno, la ley pierde la esencia con la que fue creada y hay un retroceso en materia de perspectiva de género y políticas para prevenir este tipo de violencia que afecta particularmente a las mujeres y disidencias, como el colectivo LGTTBIQ+.

Las modificaciones centrales sobre la Ley 27.499, aprobada el 10 de enero durante la gestión de Mauricio Macri, son dos: la restricción de la obligación de las capacitaciones a todo el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial y la eliminación de la temática de género reemplazada por el concepto de "violencia familiar". Estas dos modificaciones resultan significativas, ya que se trata de dos puntos clave que hacen a la esencia de la Ley Micaela y que -de aprobarse la ley ómnibus- "implicaría un retroceso en políticas de género", señalan abogadas y especialistas en la materia. 

Actualmente, el artículo 1° de la Ley Micaela establece "la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación". Con la ley ómnibus este artículo quedaría redactado de la siguiente manera: "Se establece la capacitación obligatoria en la temática violencia familiar y contra la mujer, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en los organismos competentes en la materia".

En el mismo artículo, se restringe la obligación de realizar la capacitación que actualmente tienen todas las personas que se desempeñen en la función pública, de los tres poderes del Estado y se pasa a obligar solo a quienes trabajan en el tema en organismos competentes. Este punto es uno de los señalados como los más graves. "Nadie entiende ni sabe qué es, pero lo cierto es que no van a ser todas y todos los funcionarios públicos que forman parte de los tres poderes del Estado como era hasta ahora", expresó a este medio una especialista del derecho de Mendoza. 

Este señalamiento es clave, ya que trata de la esencia de la Ley Micaela, redactada luego de que Micaela García fuera violada y asesinada a sus 21 años por Sebastián Wagner, quien había sido beneficiado por la libertad condicional por el juez Carlos Rossi, luego de haber sido condenado a una pena de 9 años por la violación de otras dos mujeres. La propuesta de la ley surge por pedido de la familia de la víctima y organizaciones sociales que atribuyeron la decisión del juez a la falta de perspectiva de género.  Por ello, en caso de aprobarse esta modificación, un juez puede dejar de contemplar la perspectiva de género por no comprenderla, ya que dejaría de estar obligado a capacitarse. Lo mismo puede ocurrir en otras áreas del Estado. 

Las modificaciones propuestas en la ley ómnibus carecen de perspectiva de género.
Foto: Télam.

El otro punto propuesto por la ley ómnibus referido a la eliminación de la temática de género y la incorporación de la violencia familiar, también es fuertemente cuestionado. La abogada, especialista en derechos humanos y violencia de género explicó que "no está mal que exista una ley de violencia familiar, es una violencia que ocurre en el marco de las relaciones interpersonales familiares, que es un concepto en principio amplio porque no abarca solamente a las personas que viven con vos o que son consanguíneas. También abarcaría a tu pareja, a tu novio, a una persona con la que vos tengas una relación pero gente que conozcas, con quien hayas tenido algún tipo de vínculo o si viene una persona en la calle y te pega, no es violencia familiar".

La violencia familiar deja afuera a las personas LGBTTIQ+ y a las mujeres que sufran violencia específica por su condición de género.
Foto: Télam.

En ese sentido, la especialista señaló que si bien no hay que negar la necesidad de que exista la violencia familiar, el concepto de violencia de género, se refiere a un tipo de violencia específica. "La violencia de género es un concepto mucho más abarcativo, porque incluye a todas las violencias contra las mujeres y personas del colectivo LGTTIQ+" y agregó que con la modificación propuesta por la ley ómnibus esto "ahora se circunscribe porque habla solamente de violencia familiar y de violencia contra la mujer. Por lo cual, reduce cuantitativamente la cantidad de gente que se va a ver contemplada por la Ley Micaela y cualitativamente en el sentido de que no abarcaría todas las violencias de género, sino solamente aquellas que son por relaciones familiares y por violencia contra las mujeres", concluyó. 

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