Restringen la circulación de camiones: qué rutas y accesos se verán afectados
El Ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dispuso la restricción a la circulación de camiones de más de 3.500 kilos en las rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el lunes por horarios, debido al feriado puente relacionado con el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
La restricción de vehículos pesados comenzó a implementarse este jueves, de 18 a 20:59, y continuó el viernes de 7 a 9:59 en sentido ascendente (salida). La medida se volverá a implementar para el regreso el día lunes 16 de octubre en el mismo horario pero en sentido descendente.
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Las restricciones abarcarán los accesos a la Capital Federal como las autopistas del AMBA, Riccheri, Ezeiza-Cañuelas, del Oeste, Buenos Aires-La Plata, Panamericana y las principales rutas y autopistas nacionales.
Para ello, las autoridades viales reforzarán los controles en distintos puntos del país y recomiendan a los conductores planificar anticipadamente el viaje, circular a velocidad precautoria, llevar siempre las luces bajas encendidas, la VTV y el seguro obligatorio al día; como así también transportar a los chicos en sus sillas correspondientes de acuerdo a su edad y peso.
Quedan exceptuados de la medida los transportes de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados, transporte con animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, vehículos cisterna de traslado de combustibles, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo. También están exentos los transportes exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, como así también las unidades de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
Al igual que el transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias; en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
Además, los transportes de medicinas, disposición final de residuos sólidos urbanos, los que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial, los de transporte de sebo, huesos y cueros.