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Visas a Uruguay: ¿es posible tramitarlas?

Para tramitar la ciudadanía uruguaya se debe reunir una cierta cantidad de documentación como lo indica la Ley.

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MDZ Sociedad miércoles, 7 de abril de 2021 · 17:58 hs
Visas a Uruguay: ¿es posible tramitarlas?
Foto: elobservador.com.uy

Para vivir en otro país es necesario tramitar una visa de trabajo o la ciudadanía y así movilizarse como un residente más. En Uruguay ofrecen a los extranjeros nacionalizarse a través de la ciudadanía, pero se deben cumplir ciertos requisitos y el trámite es gratuito.

Fuente: La Red

Es importante destacar que la Ley 19.355 art. 76 indica que las entidades públicas no pueden pedir requisitos adicionales de los que figuran en la web del Gobierno uruguayo y que la ciudadanía acredita que un extranjero es ciudadano legal. 

"Es indispensable para la inscripción de su titular en el Registro Cívico Nacional, una vez transcurridos más de 3 años de otorgada", explican. Para hacer el trámite se deben reunir la siguiente documentación:

Autorización para residir en el país

Mediante certificado expedido por la Dirección Nacional de Migración.

Nacionalidad 

Se debe presentar una de estas opciones:

  •     Partida de nacimiento del país de origen, visada por el Consulado uruguayo en dicho país, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y traducida por Traductor Público si corresponde.
  •     Otro documento del país de origen (partida de matrimonio, pasaporte, documento de identidad, etc.) donde conste la nacionalidad del solicitante. El mismo se debe presentar visado por el Consulado uruguayo en dicho país, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y traducido por Traductor Público si corresponde.

Edad

Se debe presentar una de estas opciones:

  •     Partida de nacimiento ya referenciada.
  •     Pasaporte visado, legalizado y traducido, siempre que en él se afirme que se ha tenido a la vista la correspondiente partida.
  •     Documentos públicos nacionales que contengan referencias precisas.
  •     La escritura o certificado en que un Escribano de fe de haber tenido a la vista la partida respectiva, siempre que se acompañe fotocopia de la partida visada legalizada y si corresponde traducida.
  •     Certificado médico fundado.

Identidad

Esto ya consta en la documentación presentada y además deben declarar dos testigos mayores de 25 años, inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que no podrán ser policías ni militares en actividad, ni funcionarios electorales.

Residencia

  •     Si no tiene familia constituída: se debe presentar los documentos públicos o privados que demuestren que el solicitante ha residido en el país durante los últimos cinco años.
  •     Si tiene familia constituída: se debe presentar los documentos públicos o privados que demuestren que el solicitante ha residido en el país durante los últimos tres años.
  •     Buena conducta: documentación de información policial y declaración de testigos.
  •     Ideas democráticas: el sujeto deberá probar bajo juramento y declaración de testigos, que profesa ideas democráticas y que no forma parte de organizaciones sociales o políticas.

¿Dónde hacer el trámite?

En Montevideo: pedir turno online y presentarse con la documentación para que el organismo la evalúe
En el interior: presentarse con la documentación solicitada en las oficinas habilitadas.

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