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Embarazó a su hijastra y lo absolvieron: la nena declaró que ella lo violó

Un hombre que embarazó a su hijastra fue denunciado por la madre de la menor, pero en el juicio la nena, que ya dio a luz, dijo que ella se puso encima de él cuando estaba borracho y forzó la relación sexual.
Un Tribunal absolvió a un hombre que embarazó a su hijastra porque ella declaró que lo violó
Un Tribunal absolvió a un hombre que embarazó a su hijastra porque ella declaró que lo violó

Una sentencia realmente particular fue la que se dio en un proceso judicial donde un hombre estaba acusado de abusar sexualmente y embarazar a su hijastra, pero en el juicio fue la nena de 14 años quien declaró que ella violó al hombre poniéndose encima de él cuando estaba borracho y dormido y forzando la relación.

La decisión fue tomada por la Justicia española tras una audiencia que se llevó a cabo en Navarra, pero teñida de polémica y especulaciones ya que la nena se inculpó por lo sucedido, pero sus palabras y su lenguaje corporal no revistieron una seguridad total. "Durante la declaración adoptó una postura corporal algo encogida y cerrada y mantuvo la cabeza y la mirada baja", señaló el Tribunal.

La adolescente que ya dio a luz a su hijo producto de la relación sexual con su padrastro respondió de manera apenas audible y de forma muy breve, con monosílabos, sin dar detalles y adhiriéndose a las respuestas proporcionadas por la juez y la perito psicológica forense.

Los hechos sucedieron en 2018 y el caso se descubrió cuando la niña dio a luz a un bebé. Tanto la madre como el padrastro alegaron que no se habían enterado del embarazo hasta ese momento y este último, en el momento de su detención, dos semanas después, dio su consentimiento para la obtención de muestras de ADN. El resultado fue de 99,99%.

Los jueces consideraron que no está probado que el procesado, "al que la menor trataba como un padre, y aprovechándose de esta situación", hubiera mantenido relaciones sexuales completas con su hijastra. Además, no pueden proclamar sin duda alguna que los hechos ocurrieran conforme a lo mantenido tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, ejercida por la madre.

El Código Penal español recoge como delito la práctica de relaciones sexuales con menores de 16 años independientemente de si prestan o no su consentimiento. Tan solo admite la excepción de si la persona mayor es próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez, que no es el caso juzgado.