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Abren más ingresos al país y autorizan a los micros internacionales

Se publicaron nuevas disposiciones en el Boletín Oficial que permiten que el transporte internacional terrestre vuelva al país. Además se readecuaron las disposiciones para cruceros
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El Gobierno habilitó el ingreso del transporte terrestre internacional y se adecuó el ingreso de cruceros antárticos y bioceánicos. Todo esto se publicó en la Decisión Administrativa 1090 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Respecto al transporte terrestre, se remarca que “el ingreso al país de los servicios de transporte internacional terrestre de pasajeros deberá realizarse exclusivamente por los corredores seguros habilitados o que en el futuro se habiliten por la autoridad competente, con la conformidad de la autoridad sanitaria nacional”. Al mismo tiempo establece que “previo al inicio del viaje hacia la Argentina, los operadores de medios de transporte terrestre internacional de pasajeros deberán comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los extremos definidos como requisitos sanitarios en los incisos 4.a. y 4.b. del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 951/21 y sus modificatorias”.

“Una vez en el territorio nacional, las personas que ingresen al país deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios antes mencionados y exigidos”, informa. De la mano de eso, las empresas “deberán arbitrar los recaudos para que se conserve la información de ubicación de los pasajeros durante el viaje, para facilitar la trazabilidad y el rastreo de contactos a la autoridad sanitaria competente, si hubiera un caso positivo”.

El artículo 11 de la norma marca que “el Ministerio de Transporte y sus organismos descentralizados, el Ministerio de Turismo y Deporte y sus organismos descentralizados y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto adoptarán los recaudos para que los operadores de transporte internacional, los de turismo, las terminales de transporte y los viajeros y las viajeras en el exterior tomen conocimiento de las medidas adoptadas por la presente y procedan a su cumplimiento”.

Respecto a la reapertura para cruceros a la Antártida y Cruceros Bioceánicos, para embarcar en el territorio nacional, el pasajero deberá mostrar un test PCR negativo realizado entre las 24 y las 48 horas previas. Será válido un presentado para iniciar viaje a la República Argentina por otro medio de transporte, siempre que no supere las 72 horas previas al embarque en el crucero. Si el viaje en barco se hubiese iniciado fuera del país, no es necesario presentar el test.

De detectarse un caso sospechoso a bordo, se realizará test de antígeno y según el criterio médico, se confirmará con test PCR o LAMP a los contactos directos. Esa medida también se puede extender a todos aquellos que las autoridades sanitarias competentes determinen. Incluso podría solicitarse PCR o LAMP a todo el buque.

Si bien no se requerirá testeos para subir o bajar a excursiones a tierra, si se podría solicitar para el desembarco final, dependiendo de la sospecha de existencia de algún caso. Dentro se deberá mantener un distanciamiento de dos metros en los espacios cerrados, aunque las dimensiones no lo permitan podrán usarse mamparas como separadores.