Coronavirus

Las nuevas reglas que deberán cumplir los supermercados: lugares de espera, evitar aglomeraciones y ampliar los horarios de atención

En el marco de la cuarentena obligatoria dispuesta por el presidente Alberto Fernández para evitar que se propague el coronavirus en el país, el Gobierno estableció este lunes nuevas limitaciones para los supermercados. No habrá cambios a lo dispuesto por el gobierno de Mendoza.

MDZ Sociedad
MDZ Sociedad lunes, 23 de marzo de 2020 · 08:29 hs
Las nuevas reglas que deberán cumplir los supermercados: lugares de espera, evitar aglomeraciones y ampliar los horarios de atención
Foto: EFE

En el marco de la cuarentena obligatoria dispuesta por el presidente Alberto Fernández para evitar que se propague el coronavirus en el país, el Gobierno estableció este lunes nuevas limitaciones para los supermercados. Entre las nuevas medidas se destaca la delimitación de lugares de espera específicos para entrar a los locales y horarios de atención extendidos para que no se generen aglomeraciones. Las medidas fueron informadas a través de la Resolución 101/2020 publicada en el Boletín Oficial de hoy.

De esta manera, los supermercados unificaron sus horarios a nivel nacional y comenzarán a atender entre las 7 y las 20. Sin embargo, en Mendoza los horarios por ahora serán diferentes: los comercios y supermercados atenderán entre las 10 y las 18, tal como se dispuso la semana pasada.

Firmada por la secretaria de Comercio Interior, Paula Español, la norma indica que las disposiciones deberán ser cumplidas por todos los establecimientos de este tipo y estarán vigentes “por un período de 30 días corridos”, aunque este plazo “podrá ser prorrogado en caso de ser necesario”.

Los supermercados deberán tener “un horario de atención al público de al menos 13 horas diarias en función de los flujos de la demanda y a fin de evitar la concentración de los clientes”.

Además, deberán “disponer de personal específicamente destinado a controlar el acceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta en función de la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación entre espacio y asistentes”.

En este sentido, los locales deberán “señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de un metro y medio entre cliente/a y cliente/a en lugares de espera sea tanto en línea de caja y/o donde los/as consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos”.

Por último, el Gobierno ordenó “armar y disponer en todo el piso de venta de los establecimientos comerciales, de banners, audios y material de prevención" al alcance de los compradores.

El segundo artículo de esta Resolución aclara que están exceptuados de esta norma: las supertiendas; los autoservicios de productos alimenticios y no alimenticios; las cadenas de negocios minoristas; las organizaciones mayoristas de abastecimientos; los tipificadores-empacadores de productos perecederos, y los centros de compras.

La resolución advierte que “los incumplimientos a la presente norma serán sancionados” y precisó que todas las quejas que pudieran tener los establecimientos deberán hacerse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

El Gobierno remarcó que es “un interés prioritario tener asegurado el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente aquellos tendientes a asegurar la alimentación, la limpieza y el aseo personal”.


 

Archivado en